Mañana entra en vigor la despenalización del aborto en Guerrero

Alina Navarrete Fernández/Chilpancingo, Gro.

La gobernadora Evelyn Salgado Pineda promulgó y ordenó la publicación del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan distintas disposiciones del Código Penal Estatal en materia de aborto, mismo que entrará en vigor a partir del 21 de mayo.

Con el decreto que se publicó en la edición de este viernes del Periódico Oficial del Gobierno Estatal se establece la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en la entidad, hasta las 12 semanas de gestación y en casos de violación sexual, no será necesario que las mujeres presenten una denuncia ante el Ministerio Público para acceder al aborto.

Evelyn Salgado y el secretario general de Gobierno, Ludwig Marcial Reynoso Núñez firmaron el decreto ayer en el Recinto de las Oficinas del Poder Ejecutivo del Estado (antes Palacio de Gobierno), dos días después de que el Pleno del Congreso Local lo aprobara por mayoría.

Con el decreto se reformaron el segundo párrafo del artículo 154; el párrafo segundo del artículo 155; el segundo párrafo del artículo 156; el segundo párrafo del artículo 157; y, el segundo párrafo, las fracciones I, II, III y IV, y el último párrafo del artículo 159.

Por lo anterior, el aborto se define como la ILE y no como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”; se reduce la pena de 1 a 3 años de prisión a un periodo de 6 meses a 2 años “a quien practique el aborto después de las doce semanas con consentimiento de la mujer”.

Además, “a quien hiciere abortar a una mujer sin su consentimiento, en cualquier momento del embarazo, se le impondrán de tres a ocho años de prisión. Si mediare violencia física o moral se impondrán de seis a nueve años de prisión”.

Se contemplan cuatro excluyentes de responsabilidad para que la mujer pueda abortar cuando el embarazo sea por violación, sin necesidad de existir denuncia previa ante el Ministerio Público; cuando se ponga en riesgo la vida de la mujer, el producto presente malformaciones que pongan en riesgo su vida.

También cuando una autoridad, en el plazo de las 12 semanas, le haya negado a la mujer el acceso a la interrupción o bien, haya manipulado los tiempos para sobrepasar esta temporalidad.

Por otra parte, el Congreso contará con un período máximo de 120 días contados a partir de la entrada en vigor del decreto para armonizar conforme a sus disposiciones la Ley Número 1212 de Salud del Estado de Guerrero.

Con la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Gobierno Estatal, se consolida Guerrero como el octavo estado del país en despenalizar el aborto.

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