Regresa Sala Superior del TEPJF las candidaturas a Carlos Granda y Yoshio Ávila

Ángel Galeana/Chilpancingo

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México en la que fueron revocadas las candidaturas a la alcaldía de Acapulco de Yoshio Ávila González por Movimiento Ciudadano, y la de Carlos Granda Castro, por la coalición PRI,PAN,PRD, por lo que a ambos políticos se les regresará el registro y serán votados en la jornada de mañana.

En la sesión de este sábado se presentaron los recursos de revisión 518/2025 y 523/2024, en los cuales se propuso regresar las candidaturas a Carlos Granda y Yoshio Ávila, al considerar que no participaron de dos procesos internos de selección de candidaturas de forma simultánea, como alegó la candidata de Morena, Abelina López Rodríguez.

Los magistrados ponentes, Reyes Rodríguez Mondragón y Mónica Soto Fregoso coincidieron en que se debe considerar el término de la participación de una persona en un proceso interno partidista de selección de candidaturas en el momento en que el partido los dejó de considerar, y no hasta la culminación formal de todo el proceso.

De hecho, al no haber presidentes iguales, la Sala Superior fijó el criterio en la sesión de este sábado para futuros casos similares.

“Para dar certeza jurídica: Cuando existan diversas etapas en procesos de selección interna de candidaturas es a partir de que los aspirantes dejan se ser considerados por las autoridades  partidarias (…) No se puede exigir que la participación de los recurrentes sea hasta que Morena termine con todas las formalidades de su proceso de selección”, señaló el magistrado Reyes Rodríguez.

“Comparto el criterio que una persona deja de ser parte del proceso interno cuando concluye su participación, y no cuando la autoridad partidaria emite su última determinación que formalmente da resultado a selección de candidaturas registradas”, razonó la magistrada Janine Madeline Otálora.

En ese sentido, se expuso que tanto Yoshio Ávila como Carlos Granda fueron excluidos y, por tanto, quedaron libres del proceso interno de Morena desde el 14 de marzo, cuando se anunció la candidatura única a favor de Abelina López.

Carlos Granda y Yoshio Ávila se integraron a los procesos de la coalición PRI, PAN, PRD, y Movimiento Ciudadano, respectivamente, el 18 de marzo y el 1 de abril, por lo que no se acreditó su participación en 2 proceso internos de forma simultánea.

El magistrado Reyes Rodríguez señaló que la Sala Regional Ciudad de México consideró al revocar las candidaturas de Carlos Granda y Yoshio Ávila que ambos debieron presentar su renuncia formal a Morena, lo cual consideró “redundante, carente de sentido común y de sentido práctico”.

Los proyectos de ambos recursos de reconocer fueron votados a favor por unanimidad, por lo que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana tendrá que sesionar para acatar la sentencia y regresar las candidaturas a Carlos Granda y Yoshio Ávila este mismo sábado.

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