Adjudicación directa, la favorita del gobierno de Gustavo Alarcón para repartir millones en obra pública

Ángel Galeana/Chilpancingo

La adjudicación directa de la obra pública es la herramienta favorita del gobierno que encabeza el alcalde Gustavo Alarcón Herrera en Chilpancingo para distribuir millones de pesos de manera directa a las empresas constructoras. Evita pasar por la licitación pública, que es la procedimiento más transparente y competitivo para garantizar que la construcción se realice al mejor costo beneficio, como lo marca la Ley de Obras Públicas y sus Servicios del Estado.

De acuerdo con el Programa de Inversión Anual en Obras y Acciones del Ejercicio Fiscal 2025 del Ayuntamiento, este año se programaron 253 obras, entre urbanización, atención a escuelas, electrificación, agua y drenaje, entre otras, con un presupuesto de 339 millones 824 mil pesos. Más de la mitad de este monto millonario está programado para contratación de empresas mediante la adjudicación directa.

De las 253 obras programadas en el documento, 209 fueron entregadas bajo la modalidad de adjudicación directa, y los 44 restantes con la invitación de cuando menos 3 personas. Ni una sola está sujeta a la licitación pública.

De esta manera, la administración que encabeza Gustavo Alarcón entregó 190 millones 74 mil 441 pesos de manera directa a las empresas. El contrato mayor lo adjudicó de forma directa por un monto de 10 millones 194 mil 742 mil pesos para el arrendamiento de vehículos para la verificación y supervisión de las obras del FAISM 2024, gastos indirectos, según el registro del Programa.

Un ejemplo de los gastos dados bajo adjudicación directa fue el “programa de electrificación rural y de colonias pobres” que tuvo un costo total de 45 millones 620 mil pesos. El total del presupuesto se repartió de manera directa en 69 obras de distintas colonias y comunidades, con un monto dividido, la mayor parte, en 650 mil pesos para cada una de las obras.
La obra que más dinero obtuvo en este programa de electrificación fue 1 millón 539 mil pesos, para la construcción de la red eléctrica de la colonia Las Joyas, del municipio de Chilpancingo.

Otros montos millonarios entregados de manera directa fueron 2 millones 156 mil pesos para la construcción de una cubierta de la secundaria Heberto Castillo; 2 millones para rehabilitar un camino rural en la comunidad de El Calvario; 2 millones más para la rehabilitación de camino en la comunidad de Inscuinatoyac; otros 2 millones para rehabilitación de camino en la localidad de Chicahuales, y otros 2 millones 251 mil pesos para construcción de pavimento en calle república de Brasil de la colonia PPS de Chilpancingo.

La otra modalidad de contratación que programó la administración de Gustavo Alarcón fue la de invitación de cuando menos 3 personas para participar en la obra. Bajo esta modalidad se programaron 44 obras con un monto de 149 millones 794 mil pesos.

El presupuesto mayor destinado bajo esta modalidad fue de 14 millones 250 mil pesos para la construcción de pavimento en calle circunvalación, tramo Av Ruffo Figueroa-Secundaria Galo Soberón.

En la Ley de Obras Públicas y sus Servicios del Estado, se establecen las reglas para la contratación de obra pública por parte de las dependencias, entidades y ayuntamientos.

En artículo 54 señala que “Las dependencias, entidades y ayuntamientos, bajo su responsabilidad, podrán contratar obras públicas o sus servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa en: 1- Tratándose de obras públicas, siempre que el monto de la obra pública objeto del contrato, no exceda de veinte mil veces al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y Tratándose de los servicios relacionados con las obras públicas, siempre que el monto de los servicios no exceda de diez mil veces al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

El valor de la UMA en 2025 es de 113.14 pesos, es decir, que los entes contratantes de obra solo pueden dar obras sin licitación pública cuando esta no supere los 2 millones 262 mil 800 pesos, y en el caso de servicios relacionados con obra pública, 1 millón 131 mil 400 pesos.

En el artículo 53 tiene 11 supuestos por los que las dependencias y ayuntamientos pueden dar obra pública sin licitación, entre ellas: que “Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del Estado como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales”; “Se realicen dos licitaciones públicas o dos procedimientos de invitación a cuando menos tres personas y que hayan sido declarados desiertos”; “Se trate de trabajos que requieran fundamentalmente de mano de obra campesina o urbana marginada, y que la dependencia, entidad o ayuntamiento contrate directamente con los habitantes beneficiarios”, entre otros.

En el Programa de Inversión Anual en Obras y Acciones del Ejercicio Fiscal 2025, el ayuntamiento no justifica la razón por lo que ninguna obra fue sometida al proceso de licitación pública.

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