Envía Gobierno del estado reforma para ajustar la Constitución en materia del Poder Judicial tras resolución de la Corte

Ángel Galeana/Chilpancingo

La encargada de despacho de la Secretaría General de Gobierno del estado, Anacleta López Vega, envió una inciativa al Congreso local para modificar disposiciones de la reforma al Poder Judicial del Estado con la que se eliminan los preceptos que ayer declaró inconstitucionales la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La inciativa fue turnada durante la sesión de este martes. López Vega justificó que las modificaciones propuestas son una «medida de perfeccionamiento normativo orientada a fortalecer la claridad, coherencia y operatividad del marco constitucional local en materia judicial».

«Se advierte la necesidad de realizar ajustes de características técnico que permitan perfeccionar el texto constitucional, eliminar inconsistencias y fortalecer su sistematicidad», señala el documento.

La inciativa enviada por López Vega plantea, en escencia, eliminar el tercer párrafo del artículo 162 Bis que dice: «La presidencia del Órgano de Administración Judicial se renovará cada dos años de manera rotatoria, garantizando la paridad de género. La persona titular será electa por el Pleno en la primera sesión de septiembre del año que corresponda y no podrá reelecta para el periodo inmediato siguiente». Este mismo párrafo fue declarado ayer inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Con la eliminación de este párrafo se especifica que la presidencia del Órgano de Administración Judicial no será electa por sus integrantes.

Del artículo 162 Bis queda fijo el cuarto párrafo de dicho artículo en el que se estipula que la presidencia del Órgano de Administración Judicial será electa por el método de insaculación.

La otra reforma en la inciativa enviada por el gobierno del estado es modificar el artículo séptimo transitorio que actualmente establece que «por única ocasión, las personas titulares de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial serán electas en la primera sesión de pleno que celebren en el año 2027, conforme a los procedimientos establecidos en la normatividad aplicable».

Ayer, la Corte echó abajo este artículo en lo referente a las presidencias del Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial, toda vez contravienen a la Constitución federal. En el caso del Tribunal de Disciplina Judicial la Constitución federal señala que su presidencia será encabezada por la persona con mayor número de votos.

En ese sentido, la reforma enviada por el gobierno del estado para modificar el artículo séptimo transitorio plantea que sólo la presidencia del Tribunal Superior de Justicia podrá ser electa, por una ocasión en 2027, por sus intergantes, y la presidencia del Órgano de Administración Judicial será mediante insaculación, como también se especifica en el artículo 162 Bis.

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