Hipólito Lugo Cortés tiene una licenciatura en Derecho, maestría en Ciencias, Área de Derecho Público, y estudios de doctorado en Derechos Humanos. Es visitador de la Oficina en Guerrero de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Fue secretario ejecutivo, secretario técnico, visitador general, y presidente del Comité para la Investigación de la Desaparición Forzada de Personas. También se desempeñó como presidente interino en la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero
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La semana pasada el Congreso del estado de Guerrero publicó la convocatoria para iniciar el procedimiento para la designación del Presidente de la Comisión de los Derechos Humanos del estado, realizando invitación a la academia y a las organizaciones de la sociedad civil a presentar propuestas de candidatos y estableciendo los requisitos que deben reunir los candidatos a proponer, así como los plazos para el registro.
Tal procedimiento ha generado polémica en algunas organizaciones civiles de la que han dado cuenta los medios de comunicación, al estimar que se trata de una simulación y de que ya está acordada la persona que ocupará ese espacio en el citado organismo defensor de los derechos humanos; los vicios inveterados orillan a tener esa percepción.
El diputado Alfredo Sánchez Esquivel, Presidente de la Junta de Coordinación Política, desmintió lo anterior y al respecto señaló que el compromiso del Congreso es designar al mejor perfil y que cuente con el apoyo de las organizaciones de la sociedad civil, ello en cumplimiento a los puntos de la convocatoria.
Considero que resulta necesaria la participación de las instituciones académicas, de las víctimas, de los colectivos y la sociedad civil organizada que trabaja el tema de derechos humanos, y que ejerzan su derecho de formular las propuestas de las personas que consideren idóneas para ocupar ese cargo, que cuente con la experiencia y preparación necesaria, con un perfil de empatía y de sensibilidad humana para atender y entender a las víctimas; pero sobre todo, que tenga un serio compromiso en la defensa de los derechos humanos.
Vale tener presente la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, una de las más importantes y trascendentes que se relaciona con la apertura y afianzamiento del respeto y protección de los derechos humanos en México; el artículo 102 Apartado B fue uno de los modificados en lo concerniente a los aspectos básicos de la estructura y funcionalidad de las comisiones públicas de derechos humanos.
La citada reforma estableció la exigencia constitucional de garantizar la autonomía, representatividad, progresividad y la participación ciudadana en la designación de las y los presidentes de los organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos del país y determina que dicha designación se deberá ajustar a un procedimiento de consulta pública que cumpla con los requisitos de transparencia y ajustarse a la legalidad.
Por ello, los ciudadanos debemos de vigilar que se cumpla con este mandato constitucional, pues de lo contrario, corresponderá al Poder Judicial Federal enmendar las irregularidades que se generen en ese procedimiento de selección que vulneren derechos de los candidatos propuestos o se pase por alto la consulta a las organizaciones civiles; lo cual considero, no hay necesidad de ello, si se observa el referido imperativo constitucional de considerar escuchar la opinión de las organizaciones civiles en un procedimiento en el que se respete la transparencia y legalidad, que esté apartado de los intereses partidistas y políticos.
Las y los diputados del Congreso del estado, deben tener presente que la Comisión de los Derechos Humanos no reviste el carácter de un organismo dependiente de alguno de los Poderes Públicos, sino de que se trata de un Organismo Público Autónomo, por lo cual, para la designación de su titular, no debe haber injerencia alguna; se debe atender y respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ese es el reto a vencer por los responsables de sacar adelante este proceso… ya comentaremos los resultados.