Ordenan al Congreso legislar sobre el aborto en casos de violación

Por: Redacción

04-06-19 Chilpancingo, Gro.-

El grupo de trabajo que se conformó para atender la segunda solicitud de alerta por violencia de género para Guerrero, emitió varias recomendaciones al gobierno del estado y algunas de sus dependencias, al Congreso local y a la Fiscalía General del Estado (FGE), para combatir y disminuir los índices de violencia sexual en contra de las mujeres en un lapso de seis meses.

Entre las recomendaciones está reformar el Código Penal del Estado, a fin de que las mujeres embarazadas, producto de una violación, puedan acceder a un aborto seguro y gratuito en cualquier clínica del sector público, sin necesidad de presentar una denuncia ni contar con una autorización del Ministerio Público, como su actual redacción lo exige.

Si las autoridades responsables no acatan esas recomendaciones o no las atienden de manera efectiva, el gobierno federal decretará la alerta por agravio comparado, lo que convertiría a Guerrero en la segunda entidad del país en la que se aplica ese mecanismo.

La solicitud fue realizada el pasado 8 de marzo por el Observatorio Ciudadano de Violencia hacia las Mujeres en Guerrero. Actualmente el Código Penal del Estado, en su artículo 159, establece que el aborto no será castigado cuando el embarazo resulte de una violación, siempre y cuando se presente una denuncia ante el Ministerio Público, que a su vez deberá emitir una autorización para la interrupción del embarazo.

Al respecto,  el grupo de trabajo -integrado por cuatro académicas, un representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), una del Instituto Nacional de la Mujer y otra de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim)- presentó un informe relacionado a la situación de los derechos humanos de las mujeres en territorio guerrerense.

En el documento el grupo de trabajo reveló que de 2016 a 2019 se abrieron 13 carpetas de investigación por el delito de aborto, las cuales se encuentran en proceso, es decir, en ningún caso se ha emitido una sentencia.

También establece que de 2016 a 2019 se abrieron 118 carpetas de investigación por el delito de violación contra mujeres, siendo Acapulco el municipio con mayor incidencia, seguido de Chilpancingo e Iguala.

“Se informó que en el periodo de 2016 a 2019, un total de 7 mujeres víctimas del delito de violación se encontraban embarazadas, de las cuales 3 solicitaron interrupción del embarazo. Al respecto, a través de oficio, la Fiscalía General del Estado solicitó a los hospitales: Hospital General Regional Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez, Hospital General Dr. Raymundo Abarca Alarcón y al Hospital General de Ometepec, se atendiera la solicitud de interrupción del embarazo de las víctimas”, se lee en una de las páginas del informe.

Sin embargo, más adelante refiere que se realizaron 14 interrupciones de embarazo por violación de 2016 a la fecha, la mayoría a estudiantes menores de edad.

El grupo observó que de 2016 a febrero del 2019 la Secretaría de Salud registró un total de 35 mil 949 atenciones a mujeres por lesiones y violencia.

“Es importante señalar que a lo largo del análisis se habla de atenciones y no de usuarias, puesto que una mujer puede haber sido atendida en más de una ocasión, además que en el transcurso de una consulta por cualquier otro motivo puede detectarse abandono o negligencia o bien violencia económica o patrimonial”.

Los municipios que registran el mayor número de atenciones por violencia familiar son Iguala, Ometepec, Chilpancingo y Acapulco.

Al respecto, el grupo de trabajo consideró que las cifras de repetición de eventos en el estado muestran altas tasas de reincidencia en todos los tipos de violencia. De manera particular, expresó que es preocupante el alto número de repetición de los eventos de violencia psicológica, económica y física.

También advierte que el personal de salud no aplica la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046), que obliga a las autoridades en la materia de todo el país, a practicar un aborto en casos de violación, sin necesidad de la intervención del Ministerio Público.

“De acuerdo con la investigación realizada por el grupo de trabajo identificamos que el personal que cuenta con mayor conocimiento de la NOM-046 es el de atención psicológica SEPAVI, quienes conocen los instrumentos para la identificación de víctimas de violencia, el resto del personal entrevistado en las unidades hospitalarias demostró conocimiento muy básico o nulo de la NOM 046 y muy pocos refirieron capacitaciones respecto al protocolo para la atención de víctimas de violencia sexual”.

El grupo observó que las instituciones del estado, responsables de la atención a mujeres víctimas de violencia sexual, no están lo suficientemente capacitadas para atender una solicitud de interrupción del embarazo.

“No conocen suficientemente, ni aplican el Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia Sexual, se identifican fallas en la atención, por ejemplo, tardanza para que la víctima sea revisada por el médico legista, falta de acompañamiento psicológico y confusiones en la debida aplicación de la normatividad por parte del Ministerio Público y del personal de salud debido a las contradicciones que implica la falta de armonización entre el Código Penal estatal, la Ley General de Salud, la NOM-046 y la Ley General de Víctimas”.

Respecto a la capacitación para el personal adscrito a las instituciones de procuración de justicia, el grupo de trabajo tuvo conocimiento de que las y los Ministerios Públicos participan de manera irregular en las capacitaciones, pues son solo los titulares y no los auxiliares quienes pueden asistir a éstas. Por otra parte, informaron que los temas de las capacitaciones se han enfocado en los aspectos conceptuales de la violencia contra la mujer y que no han abordado la comprensión y la aplicación de la NOM-046.

Ante ese escenario, el grupo de trabajo recomendó al Congreso local estudiar, revisar y reformarla legislación relacionada a la interrupción legal del embarazo por causal excluyente de violación.

La propuesta es que se elimine el requisito de que la víctima de una violación que haya quedado embarazada, presente una denuncia y de que exista autorización del Ministerio Público para acceder a un aborto. Al Poder Ejecutivo recomendó coadyuvar con el Congreso para hacer efectiva esa propuesta de reforma.

A la Fiscalía el grupo recomendó fortalecer la atención a las mujeres víctimas de violencia sexual; reorientar recursos económicos y materiales para la mejor operación de la fiscalía especializada y revisar; y dar seguimiento a las carpetas de investigación de casos de mujeres consignadas por el delito de aborto.

A la Secretaría de la Mujer, a la Dirección de Comunicación Social del gobierno del estado y a la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, recomendó impulsar una campaña de comunicación que difunda entre la población el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, el acceso a la interrupción legal del embarazo como un derecho a la salud y la prevención del abuso sexual infantil en el ámbito familiar.

En el informe, el grupo de trabajo advierte que el gobierno del estado cuenta con 15 días hábiles para responder si acepta o rechaza las recomendaciones emitidas. En caso de aceptarlas, las autoridades competentes tendrán seis meses para acatarlas y deberá informar las acciones que emprendió para ese fin.

En caso de que se cumpla con los indicadores establecidos, no se decretará la alerta por violencia de género por agravio comparado. De no ser así, o en caso de que el gobierno del estado no acepte las recomendaciones, el gobierno federal decretará ese mecanismo.

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