Redacción/ Chilpancingo, Gro.
Durante la Décima Novena Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), se aprobaron las sustituciones de las candidaturas de Diputaciones Locales por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, realizadas por los partidos políticos para participar en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021.
Del Partido Redes Sociales Progresistas (RSP) se aprobaron las sustituciones realizadas a las fórmulas de diputaciones de mayoría relativa correspondientes a los Distritos 05, 07 y 22; así como en su cuarta fórmula de representación proporcional; la coalición conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) hizo una sustitución en la fórmula de mayoría relativa correspondiente al Distrito 06, mientras que el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) sustituyó la sexta fórmula de su lista de representación proporcional.
De la misma manera se aprobaron las sustituciones de las candidaturas de integrantes de Ayuntamientos del Partido Acción Nacional en Cochoapa el Grande, del PRD en Ahuacuotzingo y Buenavista de Cuellar, del Partido del Trabajo (PT) en Eduardo Neri, Tlacochistlahuaca, San Miguel Totolapan, Xochihuehuetlán, Tlapehuala, Tepecoacuilco de Trujano, San Luis Acatlán y Ajuchitlán del Progreso; en tanto que el PVEM realizó sustituciones en San Luis Acatlán, Tlalixtlaquilla de Maldonado, Huitzuco de los Figueroa y Acapulco de Juárez, y el Partido Encuentro Solidario en Chilapa de Álvarez.
Asimismo, se aprobó la emisión de la fe de erratas a los anexos de los diversos 129/SE/23-04-2021, 130/SE/23-04-2021, 131/SE/23-04-2021, 132/SE/23-04-2021, 133/SE/23-04-2021, 134/SE/23-04-2021, 135/SE/23-04-2021, 136/SE/23-04-2021, 137/SE/23-04-2021, 138/SE/23-04-2021, 139/SE/23-04-2021 Y 140/SE/23-04-2021, por los que se aprobaron los registros de las candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos, debido a que se corrigieron errores cometidos durante su elaboración, a efecto de generar certeza en su contenido final. Las correcciones consisten en datos que se capturaron de manera errónea o que no se consideraron pero que forman parte integral de los archivos que obran en el IEPCGRO, como parte de los expedientes individuales de las y los candidatos registrados.
Finalmente, se declaró improcedente la solicitud de registro de la C. Sally Lily Sánchez Servín, como Candidata Independiente a Diputación Local Plurinominal del Estado de Guerrero, recibida el pasado 1 de mayo del 2021, en la Oficialía de Partes del IEPCGRO y signada por la mencionada ciudadana, quien, por su propio derecho, solicitó el registro de manera independiente como candidata a Diputación Local Plurinominal del Estado de Guerrero.
El Consejo General señaló que el derecho de solicitar el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde exclusivamente a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determina la legislación; además, las candidaturas independientes tienen derecho a participar para ocupar el cargo de elección popular de Diputación Local por el principio de mayoría relativa, por lo que no procederá, en ningún caso, el registro de aspirantes a candidaturas independientes a Diputaciones por el principio de representación proporcional.