Omisión legislativa en materia de Derechos Humanos

Hipólito Lugo Cortés tiene una licenciatura en Derecho, maestría en Ciencias, Área de Derecho Público, y estudios de doctorado en Derechos Humanos. Es visitador de la Oficina en Guerrero de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Fue secretario ejecutivo, secretario técnico, visitador general, y presidente del Comité para la Investigación de la Desaparición Forzada de Personas. También se desempeñó como presidente interino en la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero.

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En el tema de derechos humanos, la LXII Legislatura que está por culminar ha incurrido en omisión legislativa en la designación del presidente, consejeros del consejo consultivo y del titular del órgano interno de control, todos de la Comisión de los Derechos Humanos del estado de Guerrero; para ello es necesario considerar lo siguiente.

a). Los artículos 118 de la constitución política de Guerrero, 22 y 24 de la ley número 696, que rige al citado organismo, expresamente señalan que su presidente durará en su encargo cuatro años, y que al término de ese periodo el Congreso del estado deberá expedir la convocatoria para elegir al próximo titular.

Como se podrá apreciar, no se trata de una facultad potestativa, sino imperativa, al ser una atribución obligatoria que se incumplió por el lapso de dos años: hay que tener en cuenta que la constitución política puede ser violada por acción u omisión, y en este caso se actualiza este último supuesto, que se presenta cuando a pesar de existir una previsión constitucional expresa, como la contenida en el citado artículo 118, que mandata una determinada conducta ya que al finalizar el periodo para el cual fue nombrado el presidente del organismo de derechos humanos, se deberá expedir la convocatoria para elegir al próximo titular.

Afortunadamente esa omisión culminó el pasado 19 de mayo de este año cuando se designó a la nueva presidenta de la referida comisión, dejado mucho que desear la LXII Legislatura.

b). Una segunda omisión legislativa subsiste en la designación de los consejeros del consejo consultivo de la citada comisión de los derechos humanos, el pasado 10 de marzo de 2021, el congreso emitió la convocatoria para ese efecto, a pesar de que también debió emitirse hace dos años; no obstante, ese proceso se encuentra interrumpido; denota ni más ni menos omisión.

Se debe tener en cuenta la importancia que tiene el consejo consultivo al ser el órgano de decisión en las cuestiones técnicas, operativas y en lo relativo a la planeación y evaluación de las labores de la comisión; formulan los lineamientos para la promoción, vigilancia y protección de los derechos humanos en el estado; con facultades para aprobar las políticas de protección de los grupos vulnerables; además, de que el actual consejo consultivo, ya ha culminado hace dos años su mandato legal y resulta urgente e impostergable su renovación.

c). A lo anterior, se suma que de igual manera la LXII Legislatura emitió el 16 de marzo de 2021, la diversa convocatoria para el proceso de selección y designación de la o el titular del órgano interno de control del citado organismo de los derechos humanos, cuyo seguimiento y culminación también está estancado.

Todo lo anterior denota un «Congreso del estado que incumple con un mandato constitucional y legal, una evidente falta de compromiso de sus integrantes con los derechos humanos; no cabe duda que se privilegian los compromisos de grupos políticos, de que pueden más los criterios aldeanos que los estándares internacionales en el tema, al igual que sus aspiraciones personales en este proceso electoral para asegurar una posición política o su reelección como “representantes populares”, más allá de velar por los intereses del pueblo.

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