Declara Congreso improcedentes solicitudes para pagos de laudos por más de 380 MDP

Ángel Galeana/Chilpancingo

El Congreso local rechazó una serie de solicitudes así como determinaciones legales al que fue vinculado por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para que se ampliara presupuesto o autorizara contratación de empréstitos a Ayuntamientos y dependencias del Gobierno estatal con la finalidad del pago de laudos, que ascienden a más de 380 millones de pesos.

Las comisiones unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y Hacienda presentaron cinco dictámenes en los que declaran improcedentes las solicitudes directas hechas por Ayuntamientos para tener fuentes de financiamiento y pagar los laudos labores que enfrentan, así como las vinculaciones que hizo al poder Legislativo el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para que realizara las acciones conducentes a fin de que se pagaran los laudos tras resolución de un juez.

En un primer caso, los ayuntamientos de San Marcos, Ometepec, Coyuca de Benítez, Taxco, Tetipac, Ajuchitlán, Chilpancingo, Juan R. Escudero y Teloloapan pidieron al Congreso la autorización de partidas presupuestales extraordinarias, ampliación de presupuesto y autorización de empréstitos para el pago de laudos y sentencias judiciales.

El Ayuntamiento de San Marcos pidió una ampliación de presupuesto por 9 millones 400 mil pesos; el de Ometepec solicitó 12 millones 600 mil pesos; el de Coyuca de Benítez pidió una partida presupuestal extraordinaria con cantidad no definida; el de Taxco pidió partida presupuestal del rubro contable por 110 millones de pesos; el de Tetipac pidió presupuesto extraordinario sin monto específico; el de Ajuchitlán solicitó la autorización de contratación de deuda y una ampliación presupuestal para cubrir 130 millones 250 mil pesos; el de Chilpancingo requirió apoyo para la obtención de un préstamo por 5 millones 213 mil pesos; el de Juan R. Escudero pidió una autorización de presupuesto por 23 millones 417 mil pesos y el de Teloloapan solicitó una partida presupuestal extraordinaria de 55 millones 406 mil pesos.

Las comisiones unidas determinaron que el Congreso no tiene facultad para autorizar peticiones de tal naturaleza y que es facultad de los municipios aprobar sus presupuestos de egresos; además, especificó que en los artículos transitorios de todas las leyes de ingresos de los municipios aprobadas por el Congreso se especificó que en los presupuestos de egresos deberían considerar una partida presupuestal con las previsiones a efecto de cumplir con sus obligaciones derivadas de sentencias o laudos laborales sin recurrir a financiamiento externo, adelanto de participaciones o alguna fuente externa.

En otro dictamen, el pleno también consideró improcedentes las vinculaciones que hizo el Tribunal de Conciliación y Arbitraje al poder Legislativo para que hiciera lo conducente y se pagaran las sentencias de laudos labores en los Ayuntamientos de Cuajinicuilapa, Tecoanapa, Zitlala, Pungarabato, Coyuca de Catalán, Atoyac de Álvarez, Ayutla, Juan R. Escudero y Taxco.

El Tribunal vinculó al Congreso por determinación del juzgado séptimo, y ordenó que realizara las acciones a fin de que se puedan cumplir los laudos labores.

Para el municipio de Cuajinicuilapa el laudo asciende a 79 millones 435 mil pesos; en Tecoanapa a 377 mil pesos; en Zitlala a 302 mil pesos, en Pungarabato a 30 mil 280 pesos; en Coyuca de Catalán a 1 millón 354 mil 900 pesos; en Atoyac no se especificó la cantidad; en Ayutla a 1 millón 468 mil 740 pesos; en Juan R. Escudero a 256 mil pesos y otro en Pungarabato por 2 millones 952 mil 310 pesos.

La argumentación de las comisiones unidas que dictaminaron fue similar, en el sentido que el Congreso no está facultado para autorizar las peticiones, sino que es responsabilidad de los Ayuntamientos aprobar sus presupuestos de egresos, en los cuales deben destinar partidas para temas relacionados a laudos labores.

En el mismo sentido fue la vinculación que hizo el Tribunal al Congreso para el pago de laudos relacionados con la Secretaría de Finanzas, de Salud, de Seguridad Pública y del Consejo de Seguridad Pública del estado.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Osbaldo Ríos Manrique explicó que las dependencias antes mencionadas son Secretarías que integran la Administración Pública estatal, ante lo cual, para solicitar presupuesto, deberá acatarse lo dispuesto por la Ley de Presupuesto y Disciplina Fiscal y la Ley de Disciplina Financiera.

Reiteró, por lo anterior, que no es aplicable la Ley que enuncia el Tribunal Laboral en la sentencia respectiva, debiendo ajustarse a lo mandatado por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 08, la Ley 454 de Presupuesto y Disciplina Fiscal del Estado de Guerrero y la Ley de Planeación del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

Otro laudo vinculado al Congreso fue uno relacionado en contra de la Comisión Técnica de Transportes y Vialidad del Gobierno del estado el cual asciende a 1 millón 216 mil pesos, el cual también fue considerado improcedente; al igual que una quinta vinculación relacionada con directivos del Conalep.

La cantidad estimada de los laudos para los que se hicieron las solicitudes rechazadas por el Congreso es de 383 millones 973 mil pesos.

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