Porque vivos se los llevaron…

Hipólito Lugo Cortés tiene una licenciatura en Derecho, maestría en Ciencias, Área de Derecho Público, y estudios de doctorado en Derechos Humanos. Es visitador de la Oficina en Guerrero de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Fue secretario ejecutivo, secretario técnico, visitador general, y presidente del Comité para la Investigación de la Desaparición Forzada de Personas. También se desempeñó como presidente interino en la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero.

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Este 30 de agosto se conmemora el día internacional de las víctimas de desapariciones forzadas, tema del que ya nos hemos ocupado en algún momento en este espacio, pero lamentablemente resulta necesario seguir alzando la voz para visibilizar un fenómeno que quisiéramos sí desapareciera.

La Secretaría de Gobernación, por conducto de su titular, Olga Sánchez Cordero, ha destacado que la crisis de desaparición forzada que padece nuestro país en la actualidad afecta a más de 90,600 personas, y refiere que “es consecuencia de una política fallida que dejó de lado a la justicia como uno de los ejes fundamentales de la gobernanza”.

Sobre estos números, tan solo en enero del año pasado, Alejandro Encinas mencionó que había un total 61,637 personas desaparecidas en México, de las cuales, refirió que el 97% son del año 2006 a esa fecha; por lo que, a un año y medio de la cifra dada por Encinas, ésta aumentó en un gran 32%.

Hay que tener presente que se considera desaparición forzada a la privación de la libertad de una o más personas, cometida por agentes del Estado o por personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre su paradero.

Recuerdo que en Guerrero me involucré en acciones conjuntas con los Centros de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan y el Miguel Agustín Pro Juárez, y con la Red Guerrerense de Organismos Civiles de Derechos Humanos, en una campaña para lograr la tipificación de este abominable delito, se trabajó arduamente en foros, conferencias y en una propuesta de ley, que fue retomada por el Congreso local y así se cristalizó esa lucha con la aprobación de la Ley para Prevenir y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas en el Estado de Guerrero, misma que fue publicada en el Periódico Oficial No. 83 Alcance I, el 14 de octubre de 2005.

En una charla reciente con el Lic. Omar Gómez Trejo, designado Fiscal de la Unidad Especial de Investigación del Caso Ayotzinapa, le parecía muy positiva esa ley, al contener avances sustanciales y recoger estándares internacionales en la materia, incluso contempla supuestos para disminuir las penalidades ya que regula una penalidad de 20 a 40 años de prisión, las que se aumentan 10 años cuando se cometa con las agravantes ahí señaladas.

Lo interesante es, que regula que las sanciones podrán disminuirse en una tercera parte, cuando liberen a la víctima espontáneamente durante los quince días siguientes a la privación de libertad; o, cuando los perpetradores proporcionen información que conduzca a la liberación de la víctima o a dar con el paradero de ésta; o bien información relativa a la responsabilidad y paradero de los autores intelectuales; lo cual sin duda puede ayudar a avanzar en una investigación, ventaja en la que seguramente se apoya la referida fiscalía.

En los últimos cincuenta años, la desaparición forzada de personas ha estado presente en Guerrero:

a). Al inicio de esta mala praxis y hasta los años 80s se desaparecía de manera forzada a las personas por motivos políticos, al considerarlas enemigos del estado con el objetivo de disipar el alzamiento de grupos opositores y movilizaciones guerrilleras.

b). Luego, la desaparición sucedía como consecuencia de una investigación criminal a cargo de la policía judicial -ahora policía investigadora ministerial-, cuando detenía a un presunto responsable de un delito, y como se dice en el argot policiaco “lo trabajaba”, esto es, le infligían actos de tortura para sacarle información o para que confesare haber cometido el delito, “se les pasaba la mano” y perdía la vida; por lo que los agentes emprendían acciones para ocultar el cuerpo, y “le daban pa´bajo” de acuerdo a su léxico.

c). Pero es de resaltar que a partir del 2006, se da un cambio en esa mecánica de hechos, ya intervienen en las desapariciones agentes del estado y la delincuencia organizada, los detienen unos y se los entregan a los otros, o a la inversa; da lugar a una detención arbitraria, tortura, tratos crueles, inhumanos y/o degradantes y se llega hasta la privación de la vida y ocultamiento de los restos corpóreos; ahí está el emblemático caso Iguala.

Más allá de echar culpas ajenas a sexenios anteriores, hay que recordar que la actual administración pública federal ya lleva medio periodo de ejercicio gubernamental y desde luego que le corresponde asumir su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como cumplir con su responsabilidad de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a éstos y propiciar garantías de no repetición en materia de desaparición forzada, delito de lesa humanidad que desafortunadamente continúa perpetrándose.

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