Presentan iniciativa para eliminar restricciones para la creación de sindicatos en Guerrero

Ángel Galeana/Chilpancingo

Un grupo de seis diputados de la fracción parlamentaria de Morena presentó una iniciativa para reformar la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero con la finalidad de otorgar mayor libertad sindical a los empleados que deseen integrarse o excluirse de una organización.

La iniciativa fue presentada por el diputado Luis Enrique Ríos Saucedo, quien en la exposición de motivos señaló que, si bien es cierto que la citada ley ha sufrido diversas modificaciones a lo largo de los años, en lo que se refiere a los derechos de los trabajadores a formar un sindicato continúa con una regulación que contraviene de manera directa su derecho.

“La ley del Trabajo de los servidores públicos del estado de Guerrero indebidamente limita el derecho humano de libertad sindical al disponer que los servidores públicos del estado de Guerrero tienen derecho de agruparse para la defensa y mejoramiento de derechos laborales solo en un sindicato organizado en secciones, y, en ese mismo sentido, que para la constitución y registro del sindicato deberá contar con mayoría absoluta de los trabajadores del gobierno del estado de Guerrero, los municipios y entidades paraestatales que la propia ley considera en su conjunto como una sola unidad burocrática”.

Señaló que la Ley establece que para proceder ante el registro de una organización se deberá comprobar la no existencia de otra similar y que la asociación peticionara cuente con la mayoría absoluta de los trabajadores, lo cual, consideró, implica un incumplimiento de la Constitución federal.

Una de las reformas más grandes que plantea la reforma es en el artículo 69. La actual reglamentación establece que “admitido un miembro en el sindicato no podrá dejar de formar parte de él, salvo que fuere expulsado, sin que el Estado admita en ningún caso la cláusula de exclusión”.

La propuesta de modificación indica que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicado y a constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa y que el trabajador ejercerá en todo momento de su libertad de adhesión o separación del sindicato. También señala que a nadie se le puede obligar a formar parte de un sindicato, a no formar parte de él o permanecer en el mismo.

Indica que la elección de las directivas sindicales se hará mediante voto personal, libre, directo y secreto de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con una anticipación no menor a quince días, que deberá publicitarse para el conocimiento de todos los miembros del sindicato, en la forma prevista en sus estatutos.

En el artículo 70 se proponer otra de las diferencias importantes de la iniciativa. Mientras que texto actual señala que “En todo lo demás, los requisitos de constitución del sindicato y para su reconocimiento, será necesario que esté integrado por una mayoría absoluta y deberá registrarse en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje”, la reforma propuesta plantea que “para que se constituya un sindicato, se requiere que lo formen veinte trabajadores de una misma dependencia, como mínimo. Los sindicatos serán registrados ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado”.

La iniciativa fue firmada por las diputadas Norma Otilia Hernández Martínez, Mariana García Guillén, Perla Xóchilt García Silva, Blanca Celene Armenta Piza y Yoloczin Domínguez Serna y el diputado Ríos Saucedo, y fue turnada a la Comisión de Desarrollo y Trabajo para su análisis y dictaminación.

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