Declara TEE que Marcos Parra incurrió en promoción personalizada; se dará cuenta al Congreso

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro. 

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) determinó que el alcalde de Taxco, Marcos Efrén Parra Gómez, incurrió en la infracción de promoción personalizada durante el reciente proceso electoral, por lo que se dará vista de su conducta al Congreso local a efecto de que proceda conforme a su normativa. 

Así fue resuelto durante la sesión que celebró este mediodía el órgano jurisdiccional, en la que se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador (PES) interpuesto por el PRI en contra del alcalde panista por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso de recursos públicos en transgresión a los principios de igualdad y equidad de las contiendas electorales. 

El caso estuvo a cargo de la ponencia de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, quien en su proyecto de resolución, propuso declarar existente la infracción denunciada al acreditarse la existencia de 23 emisiones de un programa denominado “Soluciones Marcos Parra”, difundido en la cuenta de Facebook del edil, quien en el reciente proceso electoral buscó su reelección y perdió.

Eugenio Alcaraz indicó que en el video, en el que aparece Marcos Parra, se actualiza el elemento objetivo de la infracción, ya que se estima que en las diversas emisiones denunciadas se aborda información relativa a acciones y programas de gobierno, en las que se exaltan logros personales del presidente y hacen mención preponderante de sus cualidades como persona y servidor público.

“Esto es, en los programas se aprecian frases, alusiones e imágenes que exaltan cualidades, atributos y logros personales y/o gubernamentales, que enaltecen y destacan lafigura del Presidente Municipal, más que a la institución gubernamental que él representa, con impacto en la contienda electoral”.

Además advirtió que el momento en que comenzó la difusión de esas publicaciones, el 21 de septiembre de 2020, ya había iniciado el proceso electoral local, “circunstancia a partir de la cual se genera la presunción fundada de que los programas tuvieron el propósito de incidir en dicho proceso electoral”.

Respecto al presunto uso indebido de recursos públicos, la magistrada propuso declararlo inexistente, debido a la insuficiencia de elementos probatorios que acrediten su existencia.

Además, refirió que tampoco se acredita la existencia de actos anticipados de campaña pues no existe una propaganda electoral y un llamamiento al voto de una candidatura o de un partido político.

En consecuencia, Eugenio Alcaraz propuso declarar acreditada la existencia de imagen personalizada de Marcos Efrén Parra y remitir al Congreso local una copia certificada de la resolución para que en el ámbito de sus atribuciones proceda “conforme a derecho”.

En la misma sesión, la magistrada presentó un proyecto de resolución correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador promovido por Yasmín Arriaga Torres, expresidenta municipal del DIF de Chilpancingo y síndica electa por Morena, en contra del periodista José Luis González Cuevas y el exalcalde, Marco Antonio Leyva Mena. 

Arriaga Torres señaló a ambos por presuntos actos que podrían constituir violencia política contra las mujeres en razón de género. La propuesta de la magistrada fue declarar inexistente la infracción.

Ambas propuestas de Eugenio Alcaraz fueron aprobadas por unanimdad de votos.

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