Multa TEE con 12 mil pesos a Sánchez Allec, alcalde reelecto de Zihuatanejo

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro.

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) sancionó con una multa económica de 12 mil 443 pesos al alcalde reelecto de Zihuatanejo, el priista Jorge Sánchez Allec, por indebida propaganda gubernamental y el deber de cuidado en el uso de recursos públicos.

Así fue determinado en la sesión celebrada este jueves por el TEE, en la que se resolvió el procedimiento especial sancionador interpuesto por el extinto Partido Encuentro Solidario (PES) contra Sánchez Allec -quien logró la reelección el pasado 6 de junio-, en su carácter de alcalde, por presunto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y propaganda institucional por sobreexposición mediática en redes sociales, caso que estuvo a cargo de la ponencia de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz.

En su recurso, el PES denunció en particular la transmisión en redes sociales del programa “Conecta con Jorge Sánchez”.

Al respecto, la magistrada propuso declarar la existencia de las infracciones imputadas al alcalde reelecto, consistente en indebida propaganda gubernamental personalizada por sobreexposición de imagen y el deber de cuidado en el uso de recursos públicos al actualizarse los elementos personal, temporal y objetivo.

Eugenio Alcaraz indicó que se tiene por actualizado el elemento personal dado que en los programas denunciados se advierte que en un plano central se encuentra la imagen, nombre y voz del edil.

En cuanto al elemento objetivo, refirió que se configura ya que en la emisión del programa de manera recurrente se aborda información relativa a obras, acciones, programas de gobierno y temas diversos, que se exaltan como logros personales del edil, así como sus cualidades como persona y servidor público.

Indicó además que se advierten frases, alusiones e imágenes que exaltan cualidades, atributos y logros personales y gubernamentales que enaltecen y destacan la figura de Sánchez Allec, más que del Ayuntamiento que preside.

Respecto al elemento temporal, explicó que la difusión del programa inició el 18 de septiembre de 2020, cuando ya había iniciado el proceso electoral, circunstancia a partir de la cual “se genera la presunción fundada de que los programas tuvieron el propósito de incidir en dicho proceso”.

Por cuanto al uso indebido de recursos públicos, señaló que no se encontró probanza que acredite que el denunciado haya realizado o producido los programas con recursos públicos o haya mandatado la retransmisión del programa en la página institucional, sin embargo advierte que la retransmisión sí quedó acreditada.

Eugenio Alcaraz indicó que Sánchez Allec, al ser presidente municipal tiene un deber de cuidado, al corresponderle dirigir, vigilar y dictar las medidas necesarias para el buen funcionamiento de los servicios públicos municipales y, en el caso, que la información difundida en la página institucional del gobierno municipal no trasgreda la ley.

“Por ello, es que se considera que faltó a su deber de cuidado en la vigilancia del uso de los recursos públicos, en el caso, la utilización de recursos materiales y humanos para la retransmisión del programa Conecta con Jorge Sánchez”.

Por ello, propuso ordenar al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) que, a través de la Coordinación de lo Contencioso Electoral, realice las investigaciones correspondientes y, de ser el caso, inicie los procedimientos sancionadores en contra “de las ciudadanas y el ciudadano encargados de vigilar y hacer buen uso de los medios de comunicación social del ayuntamiento”.

También propuso imponerle una sanción económica al edil consistente en 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 13 mil 443 pesos.

El proyecto de Eugenio Alcaraz fue aprobado por unanimidad de votos del pleno.

Declaran infundados agravios denunciados por FxM

En la misma sesión, la magistrada presentó su proyecto de resolución correspondiente al Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Óscar Bahena Villalobos, Selene Nathalie Barrera Parra, Isaí Castrejón Crisanto y Raquel Pereida Moreno, excandidatos a la alcaldía, sindicatura y regidurías de Apaxtla de Castrejón por el partido Fuerza por México.

Los inconformes impugnaron la expedición de las constancias de mayoría y validez en favor de las candidaturas de Movimiento Ciudadano (MC), PRD y PRI correspondientes a la presidencia, sindicatura y regidurías.

En su proyecto, la magistrada propuso declarar infundados e inoperantes los agravios hechos valer por los inconformes, quienes acusaron al Consejo Distrital 20 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), con sede en Teloloapan, de confundir al electorado, de no garantizar el derecho a votar y ser votada en las elecciones y de faltar a su obligación de garantizar la transparencia, equidad y legalidad de los procesos electorales y de participación ciudadana, al declarar la cancelación de la planilla y lista de regidurías de Fuerza por México.

Sin embargo, la magistrada precisó que la cancelación de la planilla se generó por situaciones internas del partido, específicamente por la cancelación del registro de la planilla y lista de regidurías en el Ayuntamiento de Cualac, tomando la decisión el propio instituto político, de solicitar la cancelación de la planilla y la lista de regidurías de Apaxtla para cumplir con el principio de paridad de género en la totalidad de las postulaciones de ayuntamientos.

El proyecto también fue aprobado por unanimidad de votos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.