Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro.
El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) confirmó los resultados de la elección en Cualac, Pilcaya y Huamuxtitlán, donde ganaron el PRI, PAN y Morena respectivamente, y declaró infundados e inoperantes los agravios denunciados en las impugnaciones que se promovieron contra los cómputos en esos tres municipios.
Así fue resuelto en la sesión que celebró este jueves el órgano jurisdiccional a propuesta de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, quien tuvo a cargo de su ponencia las tres impugnaciones.
Se trata del Juicio Electoral Ciudadano promovido por José Luis Aburto Zárate, excandidato a la alcaldía de Cualac por el PVEM, en contra del cómputo de la elección en ese municipio y la constancia de mayoría que le fue otorgada a Hazael Aburto Ortega, del PRI.
El quejoso denunció que la conformación de la mesa directiva de casilla de las secciones 1031, 1033 y 1036 básicas, ubicadas en la comunidad de Cuahulote, Chiaucingo y Coatlaco, fue ilegal en razón de que las mismas fueron integradas por funcionarios de primer nivel del ayuntamiento, quienes presuntamente ejercieron presión sobre los ciudadanos fungiendo como primer escrutador y representantes del PT, por lo que la votación que se realizó en dichas casillas adoleció de los principios fundamentales de derecho electoral como lo es la legalidad y la certeza.
Sobre el caso, Eugenio Alcaraz consideró que el excandidato enunció y refirió de manera genérica la existencia de irregularidades acontecidas en la elección, sin identificarlas puntualmente ni motivar cómo influyeron en el resultado de la votación de la elección.
La magistrada refirió que el presunto agraviado tampoco ofreció las pruebas mínimas necesarias que permitieran al Tribunal valorar los hechos e irregularidades y su grado de influencia en la elección.
Así también, con base en el Informe Consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña, emitido por la Unidad de Fiscalización del INE, que constituye la prueba idónea a fin de investigar el posible rebase de tope de gastos de campaña como causa de nulidad de la elección -como lo demandaba el excandidato del PVEM-, se determinó que el ciudadano Hazael Aburto no rebasó el tope de gastos de campaña.
En consecuencia propuso declarar infundados e inoperantes los presuntos agravios y confirmó los resultados del cómputo de la elección de ayuntamiento así como la constancia expedida en favor de Aburto Ortega.
En la misma sesión de este jueves, el TEE resolvió el Juicio de Inconformidad promovido por Morena en contra de la declaración de validez de la elección de Pilcaya, así como la constancia de mayoría expedida en favor de la alcaldesa reelecta, Sandra Velázquez Lara, del PAN.
En su ponencia, la magistrada Alma Delia Eugenio declaró inoperantes los agravios denunciados por Morena, en virtud de que se trata de afirmaciones genéricas que no están encaminadas a demostrar que los hechos señalados viciaron, en concreto, la validez de la elección del ayuntamiento.
De igual forma determinó que Velázquez Lara no rebasó el tope de gastos de campaña.
Por ello, propuso declarar infundados e inoperantes los presuntos agravios y confirmar la declaración de validez de la elección y elegibilidad de candidaturas, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez expedidas.
Eugenio Alcaraz también propuso confirmar los resultados del Cómputo Distrital de la elección del ayuntamiento de Huamuxtitlán y la constancia de mayoría y validez que se entregó a la planilla postulada por Morena.
De acuerdo con el proyecto, se declararon inoperantes e infundados los agravios denunciados por la ciudadana Ana Karen Conde Herrera, representante del PRD, en contra del resultado de la elección, en virtud de que no se aportaron los elementos mínimos que permitieran a ese órgano jurisdiccional el análisis de la posible nulidad de casillas motivo de controversia.
Otro caso resuelto este día fue el Juicio Electoral Ciudadano promovido por Delfa Thalía Rodríguez Rodrpiguez en contra del acuerdo del 9 de junio, dictado por la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPC con el que se desecha de plano una denuncia que presentó, vía Procedimiento Especial Sancionador (PES), en contra de Cindy Elizabeth Saidi Moronatti, candidata de la alianza PRI-PRD a síndica en Taxco, por actos que podrían configurar calumnias y difamación.
En su impugnación la promovente aseguró que la autoridad responsable, en este caso la Coordinación de lo Contencioso Electoral, no realizó un estudio de fondo y no fue exhaustiva parafundamentar y motivar su desechamiento de la queja.
Al respecto, la ponencia de la magistrada estableció que la autoridad responsable no vulneró la garantía de acceso a la justicia, ni losderechos humanos de la denunciante, toda vez el acuerdo impugnado fue el resultado del “análisis profundo” que realizó del material probatorio que aportó la actora a su escrito de demanda.
“En ese tenor se argumenta que de las pruebas ofrecidas por la actora, nose acredita una base jurídica que permita fundar y motivar la causa legal, aúnde manera indiciaria, que permita dar inicio, al procedimiento sancionador”.
En consecuencia, Eugenio Alcaraz propuso confirmar el acuerdo de la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPC.
Todos los proyectos de la magistrada fueron aprobados por unanimidad de votos.