A 30 años de la creación de los órganos electorales en Guerrero

Dra. Alma Delia Eugenio Alcaraz es licenciada en Derecho por la UAGro, maestra en Derecho Constitucional y Electoral por la Universidad Americana de Acapulco y doctora en Ciencia Política por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado. Actualmente es magistrada del Tribunal Electoral del Estado y se ha desempeñado como consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), asesora en materia legislativa, entre otros cargos. También es conferencista en materia electoral, constitucional y de género.

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El 28 de abril de 1992, la Quincuagésima Tercera Legislatura al Honorable Congreso del Estado, aprobó y expidió el Código Electoral del Estado de Guerrero número 264, compuesto por 7 libros, 27 títulos y 82 capítulos.

Sin duda este ordenamiento jurídico resultó un parteaguas para la democracia en el Estado por sus disposiciones que ponían a Guerrero a la vanguardia en la normativa electoral, entre estas, al crear dos organismos electorales ajenos al Poder Ejecutivo[1], específicamente a la Secretaría General de Gobierno a quien le correspondió, durante muchos años, normar las elecciones.

Dos organismos, con los que se inició una nueva etapa respecto a las instituciones y procedimientos electorales, el primero, un organismo depositario de la autoridad electoral y por tanto, responsable del ejercicio de la función del Poder Legislativo de organizar las elecciones, en cuya integración por primera ocasión convergían ciudadanas y ciudadanos y, el segundo, un organismo encargado de resolver las controversias derivadas de la organización y de los resultados electorales.

Así, hace 30 años se crean el Consejo Estatal Electoral y el Tribunal Electoral del Estado.

El Consejo Estatal Electoral creado como un organismo técnico adscrito orgánicamente el Poder Legislativo, de carácter permanente, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza , legalidad, imparcialidad y objetividad , guiaran todas las actividades de los Órganos Electorales, y que con autonomía se encargaba de la coordinación , preparación, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral.

El Consejo que estaba integrado por un Presidente que era el Coordinador del Congreso; Consejeros Ciudadanos, Representantes de los partidos Políticos que eran los Diputados con que contaran en la Cámara y por una Secretaría Técnica.

Por su parte, el Tribunal Electoral del Estado creado como Órgano Jurisdiccional Autónomo en materia electoral, que tenía a su cargo la substanciación y resolución de los Recursos de Apelación y de Inconformidad, así como la imposición de sanciones establecidas en el Código Electoral.

Tribunal que se encontraba integrado por un Magistrado del Tribunal Superior de Justicia que lo presidía, un Magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y por el Presidente de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos. No obstante, ante el régimen de excusas y recusaciones, si el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos no podía integrar el Tribunal, el Congreso, por mayoría de las dos terceras partes de sus asistentes o por insaculación, nombraba al tercer magistrado, de entre los Notarios Públicos en activo del Estado.

Que lejos estamos de esa conformación porque, por supuesto, durante estos 30 años, ambos órganos electorales han evolucionado hasta alcanzar la naturaleza e integración que actualmente conocemos -lo que será materia de otras líneas en otra entrega-.

En efecto, han pasado ya tres décadas del inicio de la construcción y después consolidación de órganos electorales especializados, autónomos e independientes, y por tanto, conocedores en la materia y desligados de cualquier injerencia o intrusión de algún poder del Estado o de cualquier actor o sujeto político.

El camino para lograrlo no ha sido terso y es común que al final de cada elección las voces inconformes se alcen para tratar de modificar su naturaleza y estructura, en ese tenor, escuchar las voces y analizar sus propuestas forman parte de la vida democrática, por lo que más allá de coincidir o divergir con ellas, lo importante es escuchar, consensar y acordar con miras a caminar hacia adelante y jamás retroceder.

Hoy celebremos a nuestras instituciones electorales, a los órganos electorales locales que junto con los nacionales son el sustento para la legitimidad democrática alcanzada por México.

¡Enhorabuena y felicitaciones! al Tribunal Electoral del Estado y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado por su Trigésimo Aniversario.


[1] El Congreso del Estado había aprobado también el Decreto de Reformas y Adiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero en materia Electoral.

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