Ordena el Tribunal al Congreso que armonice la revocación de mandato en Guerrero

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) ordenó al Congreso del Estado que dentro de los treinta días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución inicie, el proceso legislativo de armonización del orden jurídico estatal por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019.

Dicha resolución es en virtud al Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Trinidad Almazán Aponte, en el que por unanimidad de votos el pleno del TEEGRO determinó declarar fundada la existencia de la omisión del Congreso del Estado de Guerrero, de armonizar el orden jurídico estatal en materia de revocación de mandato.

En virtud de ello, el Poder legislativo, debe tenerse en cuenta que, de acuerdo al Decreto referido, la solicitud de revocación de mandato del “Ejecutivo Local” debe plantearse durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional; así como lo previsto por el artículo 105, fracción II, inciso i) de la Constitución Federal.

De igual forma, queda vinculada para que, una vez aprobadas las reformas de armonización a la Constitución Local y a la Ley de Participación Ciudadana, dentro del mismo plazo, se notifique a este Tribunal de dicho acto, con el fin de determinar su cumplimiento.

De acuerdo al proyecto TEE/JEC/038/2022 propuesto por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado y aprobado por unanimidad de votos del Pleno, se determinó apercibir a la presidenta de la Mesa Directiva de Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso local que, en caso de incumplimiento a lo ordenado en este fallo, se le aplicará en el orden, las subsecuentes medidas de apremios y correcciones disciplinarias que prevé el referido dispositivo legal.

En virtud de ello el Magistrado y las Magistradas determinaron otorgar un plazo de tres días hábiles a la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Guerrero, para que, notifique a este Tribunal la emisión del acto encaminado al cumplimiento de esta sentencia, anexando las constancias que así lo acrediten.

Revoca TEEGRO resolución de CNHJ de morena

En la trigésima tercera sesión pública de resolución, por videoconferencia, el Pleno del TEEGRO determinó revocar la resolución de fecha cinco de mayo de dos mil veintidós, emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, en el expediente CNHJ-GRO-2342/2021.

De acuerdo al proyecto TEE/JEC/026/2022 propuesto por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz y aprobado por unanimidad de votos del Pleno, se determinó declarar fundado el agravio promovido por el ciudadano Sergio Montes Carrillo, toda vez que la (CNHJ) de Morena faltó al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva que consagra la impartición de justicia completa y que estriba en el pronunciamiento de todos los aspectos debatidos.

En virtud de ello, el Pleno del TEEGRO determinó otorgar un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente sentencia, para que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, emita una nueva resolución en la que, de manera exhaustiva y completa y considerando las circunstancias propias de la temporalidad del nombramiento controvertido, se pronuncie respecto de los cuestionamientos que hace valer el hoy actor en su queja intrapartidaria, radicada con el número de expediente número CNHJ-GRO-2342/2021.

Se desecha juicio en contra el Ayuntamiento de Marquelia por extemporaneidad

En la sesión ordinaria, el Magistrado y las Magistradas aprobaron por unanimidad de votos desechar de plano el Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Sandra Jiménez herrera, en contra del Ayuntamiento de Marquelia. De acuerdo al proyecto TEE/JEC/037/2022 propuesto por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol y aprobado por unanimidad de votos del Pleno, dicho juicio se desechó toda vez que por presentarse la impugnación de manera extemporánea

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