8M: Avances y expectativas de los derechos políticos de las mujeres

Dra. Alma Delia Eugenio Alcaraz es licenciada en Derecho por la UAGro, maestra en Derecho Constitucional y Electoral por la Universidad Americana de Acapulco y doctora en Ciencia Política por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado. Actualmente es magistrada del Tribunal Electoral del Estado y se ha desempeñado como consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), asesora en materia legislativa, entre otros cargos. También es conferencista en materia electoral, constitucional y de género.

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Ante la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, es menester hacer un balance de nuestros logros y desafíos.

Es innegable que en México la participación política de las mujeres ha crecido y se ha fortalecido pero también es cierto que existen aún saldos pendientes, retos por cumplir y proyectos que consolidar.

Dentro de este crecimiento ocupan un lugar preponderante las reformas legales, mismas que iniciaron en el siglo XX y alcanzaron sus mayores resultados en el siglo XXI, reformas tales como la que introdujo acciones afirmativas en materia electoral, la que elevó a rango constitucional el principio de paridad en candidaturas de legisladores federales y locales, la de paridad en todo, estos es, integración paritaria en los tres poderes del Estado, en los tres niveles de Gobierno y en los órganos autónomos, así como la relativa a la prevención, atención y eliminación de la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Estas reformas sitúan a México en el quinto lugar a nivel mundial con un mayor número de legisladoras y con avances, en otros ámbitos diversos al legislativo.

En México al igual que en otras Naciones, han sido clave las acciones afirmativas para incrementar la participación política de las mujeres. Así, la acción afirmativa más aplicada fueron las cuotas electorales.

En el ámbito federal, las acciones afirmativas en el sistema electoral mexicano han pasado por tres momentos: el primero en el año de 1993 en el que éstas tenían un carácter enunciativo, el segundo en 1996 cuando tuvieron un carácter indicativo y finalmente un tercer momento a partir del año 2002 cuando adquieren carácter obligatorio.

Posteriormente, la cuota de género da paso al principio de paridad de género con la reforma constitucional en materia político-electoral, aprobada en febrero de 2014, y 5 años después con el Decreto en materia de Paridad entre Géneros, que entró en vigencia el 7 de junio del 2019, donde se garantiza que la mitad de los cargos de decisión política en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y en los organismos autónomos sean para mujeres.

Bajo el mandato de paridad en todo, se celebraron las elecciones federales y locales del 2021.

Los resultados: el 49.20% del Senado se encuentra integrado por mujeres: en las Diputaciones Federales se logró la integración paritaria: la distribución porcentual de Diputaciones locales es del 53.61% para mujeres, mientras que en las Presidencias Municipales es tan solo del 22.18% y en las Regidurías es del 51.36%.

En las gubernaturas, con la histórica resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determinó garantizar y maximizar el principio de paridad respecto de las candidaturas a las gubernaturas, resultaron electas 6 mujeres, por tanto, Baja California, Colima, Tlaxcala; Chihuahua; Guerrero y Campeche son gobernados por mujeres; así como la Ciudad de México, cuya Jefa de Gobierno ya estaba en funciones, uniéndose Aguascalientes y Quintana Roo, que resultaron electas, a partir de los criterios emitidos por el Instituto Nacional Electoral para garantizar la postulación paritaria. En total 9 mujeres de 32 gubernaturas.

En el caso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para el año 2020 la representación porcentual de las mujeres subió a 27.27%, y en el 2021 a 36.36%, además actualmente por primera ocasión, la Presidencia del Tribunal Constitucional es ocupada por una mujer, la Ministra Norma Lucía Piña Hernández.

No obstante estos avances, ante el próximo proceso electoral 2024, donde se renovarán la presidencia de la república, senadurías, diputaciones federales y locales y ayuntamientos, surgen las dudas y se posicionan serias inquietudes sobre si habremos de seguir por el camino de la consolidación o habrá que hacer un alto o quizá retroceder en los derechos políticos de las mujeres.

En efecto, son varios los temas de inquietud en torno a las reformas, adiciones y derogaciones aprobadas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y a la Ley General de Partidos Políticos, entre otras.

Específicamente, por cuanto a los derechos políticos de las mujeres, las reformas a los artículos 5, 7, 11, 11 bis y las derogaciones a los artículos 32 y 456 de la citada Ley de Instituciones, así como a los artículos 3, 9 y 34 de la Ley General de Partidos Políticos.

La pregunta es ¿Estas modificaciones ponen en riesgo el avance progresivo de la participación política y electoral de las mujeres?

Esta y otras interrogantes podrán ser respondidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver las acciones de inconstitucionalidad que se vislumbra pueden presentarse o bien por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación e incluso por los tribunales locales, cuando resuelvan algún medio impugnativo a un caso concreto.

Por lo pronto habrá que señalar que no cabe duda que se ha avanzado pero también que, ante los nuevos desafíos, falta aún mucho por caminar para alcanzar la democracia paritaria y con ella, la igualdad sustantiva.

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