Redacción/ Chilpancingo, Gro.
En vísperas del inicio del Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) desarrolló su Octava Sesión Ordinaria, de manera virtual, en la que se sometieron a consideración diversos ordenamientos jurídicos que fueron analizados, discutidos y aprobados por las y los integrantes del pleno y que tienen como propósito establecer las bases sobre las cuales se va a desarrollar la contienda electoral.
Durante el desarrollo de esta sesión se aprobaron los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos que soliciten el registro de coaliciones y candidaturas comunes, para las elecciones de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales por el Principio de Mayoría Relativa y Ayuntamientos, en sus diversas modalidades, que tienen como finalidad sistematizar en un solo documento, las determinaciones de fechas y plazos, el número de candidaturas que comprende cada modalidad de coalición; el contenido del convenio de coalición o la solicitud de candidatura común; la documentación que deberán acompañar a la solicitud de registro, entre otros datos, lo que permitirá la consulta ágil y oportuna de los partidos políticos que participen en el Proceso Electoral.
Se estableció que podrán presentar la solicitud de registro desde la fecha de inicio del proceso electoral, 9 de septiembre, y hasta la fecha en que inicien las precampañas de la elección de que se trate. En el caso de la elección de Gubernatura el periodo culmina el 10 de noviembre del año en curso, para Diputaciones Locales la fecha límite es el 30 de noviembre, mientras que para ayuntamientos es el 14 de diciembre.
La modalidad de cada convenio de coalición se determina de acuerdo al número de candidaturas que pretendan postular; Total: 28 Diputaciones de MR y 80 planillas de Ayuntamientos, Parcial: De 14 a 27 Diputaciones de MR y De 40 a 79 planillas de Ayuntamientos, y Flexible: de 7 a 13 Diputaciones de MR y de 20 a 39 planillas de Ayuntamientos. Para las candidaturas comunes está establecido que no se podrá participar en más del 33% de los municipios o distritos, tratándose de la elección de integrantes de Ayuntamientos y Diputaciones.
En función de esto, el Consejo General emitió formalmente un Aviso para hacer del conocimiento a los partidos políticos acreditados ante el IEPCGRO, los plazos y términos ya mencionados para presentar la solicitud de registro de convenio de coalición o candidatura común, para postular a las mismas candidaturas.
Asimismo, se aprobaron los Lineamientos que deberán observar las ciudadanas y ciudadanos interesados en postularse como candidatas o candidatos independientes a cargos de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales por el principio de Mayoría Relativa y Ayuntamientos. A más tardar el día 21 de octubre del 2020, se emitirá la convocatoria respectiva que señale los cargos de elección popular a los que pueden aspirar, los requisitos que deben cumplir, la documentación comprobatoria requerida, los plazos para recabar el apoyo ciudadano correspondiente, los topes de gastos que pueden erogar y los formatos para ello.
A partir del día siguiente de la emisión de la convocatoria, 22 de octubre, y hasta que dé inicio el periodo para recabar el apoyo ciudadano correspondiente, las ciudadanas y ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente deberán hacerlo del conocimiento del IEPCGRO, por escrito. Para el caso de Gubernatura la fecha límite para presentar la manifestación de intención es el 6 de noviembre, mientras que para Diputaciones Locales y Ayuntamientos es el 6 de diciembre.
Luego de que las y los ciudadanos obtengan la calidad de aspirantes, estos podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano. Para la Gubernatura, el inicio del plazo para recabar el apoyo ciudadano es el 10 de noviembre, para Diputaciones Locales y Ayuntamientos es el 10 de diciembre y estos plazos concluyen el 8 de enero de 2021. Es importante señalar que la cédula de respaldo de apoyo ciudadano deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanas y ciudadanos equivalente al 3% de la lista nominal de electores de la entidad, del distrito o municipio correspondientes.
De la misma manera, en el desarrollo de esta sesión ordinaria se aprobaron los Lineamientos para designación y destitución de las Secretarías Técnicas de los 28 Consejos Distritales Electorales, que tienen la finalidad de garantizar que los funcionarios electorales distritales cuenten con los atributos requeridos para realizar sus funciones de manera adecuada.
También, se aprobaron los Lineamientos para el registro de candidaturas, que tienen como finalidad establecer los criterios y reglas que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes en el registro de candidaturas, así como el procedimiento que deberá seguir el IEPCGRO, en la verificación de requisitos constitucionales y legales para la postulación de candidaturas. Estas reglas contienen, por primera ocasión, acciones afirmativas en favor de la ciudadanía indígena y afromexicana, para la postulación en los municipios y distritos con más del 40% de población de esos grupos, por parte de los partidos políticos y candidaturas independientes; así como para la postulación de candidaturas en reelección.
Otros Lineamientos aprobados son los correspondientes a garantizar la integración paritaria del Congreso del Estado y Ayuntamientos, que tiene como objetivo lograr una integración lo más cercana a la paridad entre los géneros, pues el derecho que se busca proteger con este tipo de acciones afirmativas es el derecho a ser votado, a fin de integrar, en condiciones de igualdad y sin discriminación alguna, los órganos electos popularmente, por ambos principios, mayoría relativa y representación proporcional, es decir, la aplicación de cuotas o reglas paritarias en la postulación de candidaturas debe cobrar eficacia en el momento de la asignación de cargos por el principio de representación proporcional y en la integración misma del cuerpo colegiado de que se trate, siempre en pleno respeto de los demás principios que rigen la materia y el principio democrático mismo.
Durante esta sesión ordinaria también aprobó el cambio de domicilio oficial del IEPCGRO, el ubicado en Paseo Alejandro Cervantes Delgado, sin número, Fracción A, Código Postal 39030, Colonia el Porvenir de esta Ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero; para efectos de la recepción de documentos oficiales y demás correspondencia, así como para los efectos fiscales y administrativos a que haya lugar.
El Consejo General aprobó el acuerdo por el que se designó a la Dirección General de Informática y Sistemas como la instancia interna responsable para coordinar el desarrollo de las actividades del Programa de Resultados Electorales Preliminares para el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021
Finalmente se aprobó el periodo de acceso conjunto, así como el orden de asignación de la pauta, a radio y televisión de los partidos políticos acreditados ante el IEPCGRO y, en su caso, candidaturas independientes, durante las precampañas. Se estableció que todo partido político que haya obtenido registro del Consejo General del INE, será reconocido como partido político en la entidad, por lo que los partidos políticos nacionales de nueva creación en la precampaña y campaña, aparecerán después de los partidos políticos nacionales con registro actual, de acuerdo a la fecha y orden en el que soliciten su acreditación ante este Instituto Electoral. Se considerará el conjunto de candidaturas indepe