Sanciones contra funcionarios del IEPC por omisión en declaraciones patrimoniales: contralor

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro.

Un mal procedimiento durante un cómputo distrital y la no presentación de sus declaraciones patrimoniales o de interés fueron las razones por las que la Contraloría Interna del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) destituyó a cinco servidores públicos de ese organismo e inhabilitó temporalmente a otros 14.

Entrevistado este viernes en sus oficinas, el contralor interno del IEPC, Enrique Justo Bautista, explicó que cinco integrantes del Consejo Distrital 28 (presidente, secretario técnico y tres consejeros), con cabecera en Tlapa de Comonfort, que participaron en la organización de las elecciones locales de 2015, fueron destituidos.

Dijo que a esos funcionarios se les iniciaron procedimientos administrativos por instrucciones de la Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por no haber respetado los lineamientos establecidos para realizar correctamente su cómputo distrital.

Aunado a ello, explicó que se les inició otro procedimiento por expedir copias certificadas de un documento sin que el original hubiera obrado en poder del presidente del Consejo Distrital.

“Al momento de que se presenta la copia certificada por el presidente, y el original que presenta el secretario, pues no coincidía la información plasmada en esos documentos, entonces a partir de eso se les fincó una responsabilidad administrativa”.

Castro Justo explicó que esos procedimientos derivaron en la destitución de los cinco funcionarios en 2016, por lo que ya no formaron parte del Consejo Distrital en las elecciones de 2018. Explicó que un sexto integrante del Consejo, que fungía también como consejero, no fue destituido porque en su momento se pronunció contra las acciones de sus compañeros.

Respecto a las inhabilitaciones temporales, Castro Justo informó que de las 14 que fueron aplicadas de 2016 a 2019 (una de tres meses, seis de seis meses y siete de un año), cuatro corresponden a funcionarios de las oficinas centrales del IEPC y diez a funcionarios de Consejos Distritales.

Indicó que en la mayoría de estos casos las inhabilitaciones se aplicaron por la omisión en la presentación de su declaración patrimonial y de intereses por conclusión de encargo.

“La ley establece que quien no presente su declaración de su situación patrimonial o de intereses por conclusión del cargo podrán ser inhabilitados para no ejercer cargo público de tres meses a un año, siguiendo un procedimiento. Entonces inhabilitamos a servidores públicos a quienes les giramos un oficio en el que se les notificaba que se les pasó el término y les dábamos 30 días para hacerlo, pasaron los 30 días y no lo hicieron”.

El contralor interno comentó que los funcionarios que presentaron sus declaraciones de manera extemporánea son a quienes se les aplicó la inhabilitación de tres meses.

Las inhabilitaciones se aplicaron en contra de tres presidentes, dos secretarios técnicos, un analista, un auxiliar administrativo, un chofer y dos intendentes de Consejos Distritales; mientras que en oficinas centrales del IEPC se inhabilitaron a un encargado de Unidad Técnica, un analista y dos auxiliares administrativos.

Precisó que, de acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas, un vez que concluye el periodo de inhabilitación, los funcionarios no pueden incorporarse de nueva cuenta a sus cargos, sino que, en caso de desearlo, deben concursa para volver a formar parte de la estructura del Instituto.

Finalmente Castro Justo explicó que a todos los servidores públicos destituidos e inhabilitados, se les respetó la garantía de audiencia y debido proceso, “se les brindaron todas las garantía para que ellos pudieran justificar sus omisiones y, en todo caso, corregirlas”.

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