Confirma TEE remoción de un coordinador del gobierno comunitario de Ayutla

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro. 

El pleno del Tribunal Electoral de Estado (TEE) declaró infundada la impugnación que promovió José Gregorio Morales Ramírez, con la que éste solicitó revocar la asamblea que celebró el pasado 26 de septiembre la Asamblea Municipal de Representantes y Autoridades de Ayutla, en la que fue removido del cargo de Coordinador Propietario del Pueblo tu´ un savi del ConcejoMunicipal Comunitario, con funciones de Coordinador General Primero.

El mediodía de este miércoles el órgano jurisdiccional sesionó de manera no presencial para resolver, entre otros casos, el Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Morales Ramírez en contra de la convocatoria para celebrar la asamblea del 26 de septiembre y en cuyo orden del día seanalizó, discutió y decidió su revocación.

En el proyecto de resolución, que presentó la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, se propuso declarar infundados los agravios hechos valer por el promovente del juicio y confirmar los actos materia de la impugnación. 

El actor acusó que no se realizó una consulta informada y socializada a las comunidades, en el dialecto o idioma que prevalezca en las mismas, a fin de conocer, discutir y determinar respecto de su revocación; además planteó que las transgresiones al procedimiento vulneran los requisitos de validez de las consultas a las comunidades y,a su vez, a su derecho a la libre autodeterminación para designar a sus autoridades por sistema normativo propio.

La magistrada recordó en su resolución que la Asamblea Municipal de Representantes y Autoridades de Ayutla es el máximo órgano en la de toma dedecisiones, por lo que es la instancia que debe conocer, discutir y en su caso determinar respecto de la revocación o no del actor, con lo que se garantiza el ejercicio de los derechos de participación comunitaria de sus integrantes. 

“La revocación del cargo de Coordinador Propietario del Pueblo Tu’ un savi y funciones de Coordinador General Primero que ostentaba, fue llevado a cabo precisamente por las y los integrantes de la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes, las y los cuales fueron electos precisamente por las comunidades a las que representan, por lo que con ese cargo asumieron la decisión hoy combatida, determinación que conforme al sistema normativo propio no se establece obligación en el sentido de que debía desarrollarse una consulta previa a su determinación”.

El actor también manifestó que desconoce si la asamblea municipal fue integrada por quienes ostentan la representación de las comunidades en el municipio, agravio que para el Tribunal deviene en genérico e impreciso, pues no cuestiona en particular alguna de las representaciones que estuvieron presentes.

En su juicio, Gregorio Morales solicita que se revoque la asamblea municipal, ya que el procedimiento que concluyó con su destitución como Coordinador General Primero se llevó a cabo con “vicios” que presuntamente afectan la validez de la misma, en virtud de que la causa en la que se sustenta la determinación de su revocación no ha sido aprobada legalmente.

El promovente afirmó que el argumento de la Asamblea para removerlo fue que la comunidad de Coapinola, de la que es originario, fue segregada de Ayutla para formar el nuevo municipio de Ñuu savi, sin embargo Gregorio Morales expuso que no ha sido integrada a éste, ya que a la fecha no se ha publicado la reforma constitucional en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero.

Sin embargo, en su resolución, la magistrada expuso que, de acuerdo con el contenido del acta de la asamblea del 26 de septiembre, el inconforme fue removido por ocasionar divisionismo al hacer acuerdos unilaterales, violentar los principios de gobierno comunitario, la aprobación apresurada del dictamen de la creación del municipio dela zona Ñu un Savi que se conforma con comunidades del municipio de Ayutla y la intención de desestabilizar el gobierno comunitario que se rige por el sistema normativo propio.

“De lo anterior, se desprende que fueron diversas las causales por las cuales se determinó la reestructuración del gobierno municipal y derivado de ello la revocación del actor (…) de manera tal que aún en el supuesto no concedido que le asistiera razón al actor respecto de la inexistencia del decreto de  creación del nuevo municipio de Ñuu Savi, persistirían las demás causales por las que se determinó su separación”.

Ante ese escenario, Eugenio Alcaraz propuso delcarar infundados los agravios planteados en el juicio, confirmar la validez de la convocatoria de la asamblea del 26 de septiembre, así como la determinación de la revocación de José Gregorio Morales. 

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos del pleno del Tribunal Electoral.

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