Multa Tribunal Electoral con 35 mil pesos a Marcos Parra, exalcalde de Taxco

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro. 

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) sancionó con 35 mil 848 pesos al exalcalde de Taxco, el panista Marcos Efrén Parra Gómez, por actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso de recursos públicos en la elección pasada en la que buscaba su reelección. 

Este lunes el órgano jurisdiccional sesionó de forma no presencial para resolver, por órdenes de la Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), un Procedimiento Especial Sancionador (PES) interpuesto por el PRI en contra de Parra Gómez, caso que estuvo a cargo de la ponencia de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz.

En su proyecto de resolución  Eugenio Alcaraz recordó que el Tribunal Federal confirmó la determinación del TEE, respecto a que Marcos Efrén Parra cometió indebida propaganda gubernamental por la transmisión del programa Soluciones Marcos Parra, transmitido en Facebook, “violando los principios de legalidad y equidad en la contienda”.

Por ello, propuso calificar la falta del exalcalde como grave ordinaria y, en consecuencia, sancionarlo con 35 mil 848 pesos; de igual forma planteó darle vista a la Auditoría Superior del Estado (ASE) a fin de que proceda conforme corresponda. 

El proyecto de resolución fue aprobado por unanimidad de votos del pleno del TEE. 

Revocan resolución de la CNHJ de Morena

En la misma sesión Eugenio Alcaraz presentó otro proyecto de resolución correspondiente a un Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Carmelo Loeza Hernández, exaspirante a candidato de Morena a regidor de Acapulco, en contra de una resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ).

En el juicio, Loaeza Hernández denunció que el acuerdo impugnado carece de congruencia externa al no existir correspondencia o relación entre lo argumentado por las partes involucradas y lo que resolvió la CNHJ el pasado 21 de octubre, cuando el órgano partidista declaró improcedente una queja promovida por el hoy denunciante -quien acusó violación a las bases y etapas del proceso interno de Morena para la selección de candidatos y candidatas- por considerar que ya había sido resuelta su pretención. 

“Ahora bien, esteTribunal estima que le asiste la razón al actor al señalar que la autoridadresponsable varió la litis y pretensión de su recurso de queja”, indicó en su proyecto Eugenio Alcaraz. 

La magistrada precisó que Loeza Hernández buscaba que se admitiera su denuncia contra integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y de la Comisión Nacional de Elecciones de Morena por violaciones a la convocatoria y estatutos del partido para la selección de candidatos; mientras que la CNHJ afirmó que la pretensión del actor era el estudio de la violación de las etapas del proceso interno para la restitución de sus derechospolítico electorales.

En su proyecto, Eugenio Alcaraz propuso declarar procedente el juicio, revocar la resolución de la CNHJ que fue impugnada y ordenarle emitir una nueva. El proyecto también fue aprobado por unanimidad de votos. 

De igual forma, Eugenio Alcaraz presentó una propuesta de acuerdo plenario con el que planteó ordenaral ayuntamiento de San Marcos que reanude la Asamblea Vecinal instalada el pasado 7 de noviembre, para celebrar la elección de la comisaría municipal en la comunidad de las Lechugas.

En el proyecto se especificó que el ayuntamiento deberá fijar la fecha y hora para la continuación de la asamblea, misma que deberá celebrarse en un plazo de diez días naturales.

El sentido del proyecto se debe a que no se dio cumplimiento a una resolución de ese órgano jurisdiccional con la que ordenó la celebración de la elección de esa comisaría, pues si bien el pasado 7 de noviembre sí dio inicio la Asamblea Vecinal, la jornada no se llevó a cabo porque no se integró la mesa receptora de votación y por enfrentamientos verbales entre simpatizantes de las planillas participantes y pobladores.

El acuerdo fue aprobado por unanimidad.

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