Para establecer que el orden de los apellidos durante el registro de una persona pueda ser como la pareja lo decida, diputadas y diputados aprobaron un dictamen de reforma a la Ley del Registro Civil del Estado de Guerrero.
En el dictamen que emitió la Comisión de Justicia, derivado de una iniciativa presentada por el diputado Joaquín Badillo Escamilla, se explica que el nombre completo de las personas en México se conforma conjuntando los apellidos de sus ascendientes en primer grado, primero el paterno, seguido del materno, quedando excluido este último para la siguiente generación.
Abunda el documento en que, por tradición, idiosincrasia y ante las carencias jurídicas que existían, las y los guerrerenses llevan los apellidos que les corresponden y no los que quisieran, al ser impuestos de manera unilateral y no equitativa, contradiciendo a la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer.
“Lo que parece ser un hecho trivial, es en realidad un hecho con un alto valor simbólico, porque el orden de los apellidos deja al descubierto la veta patriarcal de la sociedad. Se trata de una situación estructural que fomenta las relaciones entre hombres y mujeres”, señala.
Refiere, además, que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales protege derechos humanos que son fundamentales para la igualdad y dignidad humana de toda persona, con lo que podría decirse que los padres tienen el derecho de nombrar a sus hijos sin injerencias arbitrarias del Estado, lo que no solo implica elegir el nombre personal de sus hijos, sino establecer el orden de sus apellidos.
Con estas reformas a la Ley del Registro Civil del Estado, el nombre propio del registrado estará́ constituido invariablemente por el nombre o nombres propios y los apellidos de los progenitores en el orden de prelación que ellos convengan. Asimismo, el Oficial del Registro Civil deberá́ exigir el certificado de nacimiento y lo cancelará para evitar la duplicidad de registros.