Juicio en línea

Dra. Alma Delia Eugenio Alcaraz es licenciada en Derecho por la UAGro, maestra en Derecho Constitucional y Electoral por la Universidad Americana de Acapulco y doctora en Ciencia Política por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado. Actualmente es magistrada del Tribunal Electoral del Estado y se ha desempeñado como consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), asesora en materia legislativa, entre otros cargos. También es conferencista en materia electoral, constitucional y de género.

Chilpancingo, Gro.

La emergencia sanitaria con motivo de la pandemia COVID-19, ha motivado que las instituciones públicas incluidas las autoridades jurisdiccionales busquen estrategias para continuar con el ejercicio de sus atribuciones y normar sus actuaciones, entre éstas, el uso de la tecnología.

Hago este comentario porque si antes la implementación del juicio en línea o juicio electrónico era una propuesta a mediano plazo, hoy se convierte en esencial y urgente.

En efecto, actualmente en el sistema de justicia es necesario contar con herramientas informáticas que permitan tres objetivos: primero: desmaterializar los expedientes, segundo; sistematizar los datos jurisdiccionales y tercero: integrar en una sola plataforma la información estadística con datos obtenidos en tiempo real.

Si bien es cierto, cada vez más, se hace uso de las redes digitales en la modernización de la justicia, éste ha sido más como un elemento de apoyo que como parte de un sistema de justicia en línea. De ahí, la importancia del juicio electrónico como un mecanismo que permita ampliar el acceso a la justicia, simplificar procedimientos y disminuir costos.

En ese tenor, considerando la experiencia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa con su “Proyecto Justicia en Línea”, desde mi punto de vista es factible que los tribunales electorales posean un sistema informático a efecto de registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar el procedimiento contencioso electoral.[1] En pocas palabras, es viable sustanciar el procedimiento jurisdiccional electoral desde la presentación de la demanda hasta la notificación de la sentencia a través de internet, lo que permitirá entre otras cosas, presentar las demandas, consultar los expedientes e interponer promociones a distancia, acercando el tribunal electoral a los justiciables.

Así, el procedimiento iniciará con la demanda presentada con la firma electrónica de la ciudadana o ciudadano que considere se le han violado sus derechos político electorales, a la que deberá adjuntar digitalmente las pruebas que acrediten su acción; seguirá con el emplazamiento a la autoridad responsable (salvo si es un particular, que tendrá que ser de forma personal) y concluirá con la sentencia cuya notificación, al igual que las demás notificaciones, se harán por vía electrónica, teniéndose éstas por legalmente realizadas cuando se genere el acuse de recibo electrónico.

No tengo duda que con la implementación del juicio en línea o juicio electrónico, la justicia electoral se acercará a aquéllas ciudadanas y ciudadanos ávidos de la protección de la justicia y de la salvaguarda de sus derechos políticos, eliminándose con ello, los obstáculos de la distancia y el costo de traslado. Es tiempo de adecuar nuestro marco jurídico para su puesta en marcha. 


[1] CHÁVEZ Ramírez Juan Ángel, “El modelo de justicia en línea y su expansión a otros ámbitos de la jurisdicción, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

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