Alerta de género obliga al Congreso a legislar en materia de aborto en casos de violación

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro.

Tras la declaratoria de Alerta por Violencia de Género (AVG) decretada en Guerrero por agravio comparado, el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como la Fiscalía General del Estado (FGE) deberán emprender medidas de prevención, seguridad y justicia en favor de las mujeres.

De acuerdo con la Resolución de la Secretaría de Gobernación (Segob), a la que Réplica tuvo acceso, una de las medidas de prevención que acatarán de forma obligatoria tanto el Gobierno del estado como el Congreso local, es reformar el artículo 159 del Código Penal para que se homologue con la Ley General de Salud, la Ley General de Víctimas y la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046) en materia de violencia familiar, sexual y contra las mujeres.

Con esa reforma se eliminará el requisito de que la mujer que haya sido víctima de una violación sexual compruebe los hechos ante el Ministerio Público y espere la autorización de éste para acceder a un aborto legal y gratuito.

Actualmente la NOM-046 establece que para acceder a un aborto en estos casos sólo se requerirá una solicitud por escrito de la víctima, bajo protesta de decir verdad de que el embarazo es producto de una violación. En casos de niñas menores de 12 años, la solicitud la pueden realizar padres o tutores.

Por su cuenta, la Secretaría de Salud (SSa), que encabeza Carlos de la Peña Pintos, debe diseñar e implementar el Programa Estatal para la Interrupción del Embarazo en los servicios de salud del estado, garantizando un enfoque especial y diferenciado y atendiendo la perspectiva intercultural.

La dependencia también debe garantizar que en todas las regiones de Guerrero existan centros de salud en los que se provean los servicios seguros, oportunos, de calidad y gratuitos para la Interrupción Legal del Embarazo de conformidad con la Ley General de Salud y la NOM-046, y en caso de no contar con los mismos, asegure su canalización inmediata y gratuita a aquellos en los que se presta el servicio.

Además tendrá que elaborar y difundir una guía de atención a solicitudes de aborto, apegada a la NOM-046.

En tanto, el gobierno del estado debe publicar y divulgar en medios de comunicación y lugares estratégicos la naturaleza de la AVG con información accesible y con un enfoque intercultural para la población, en las principales lenguas indígenas que se hablan en entidad y a través de todos los medios que sean accesibles para personas con discapacidad.

Otra obligación del Estado es diseñar una campaña de comunicación social que difunda las siguientes temáticas: el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; la obligatoriedad de implementar la NOM-046 por parte de los servicios de salud; y la prevención del abuso sexual infantil.

Respecto a las medidas de seguridad, la FGE deberá fortalecer la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Familiar con el fin de contribuir a la mejor atención de las víctimas en todas las regiones o distritos ministeriales de la entidad.

También implementar un programa de capacitación sobre la Ley General de Víctimas y la NOM-046, desde el marco de los derechos humanos, con enfoque de género y multicultural, a las y los servidores públicos adscritos a la Fiscalía Especializada, así como integrar un informe de la revisión y seguimiento de las carpetas de investigación (en proceso) de casos de mujeres consignadas por el delito de aborto.

Para las medidas de justicia, el Poder Judicial revisará los casos judiciales de mujeres privadas de la libertad imputadas por el delito de aborto y homicidio en razón de parentesco en todos los distritos del estado, garantizando mediante procesos o recursos legales pertinentes su declaración de inocencia, excarcelacion y la reparación del daño.

Otra de las obligaciones del Congreso será garantizar que en el presupuesto de egresos de cada ejercicio fiscal, las dependencias involucradas en la alerta cuenten con los recursos suficientes para que se realicen las acciones que determina la declaratoria.

Finalmente, la resolución de la Segob establece que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como la FGE, deberán dar cumplimiento total a las medidas de prevención, seguridad, justicia y reparación en un plazo máximo de 18 meses.

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