Menores en autodefensa y el interés superior de la niñez

Hipólito Lugo Cortés tiene una licenciatura en Derecho, maestría en Ciencias, Área de Derecho Público, y estudios de doctorado en Derechos Humanos. Es visitador de la Oficina en Guerrero de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Fue secretario ejecutivo, secretario técnico, visitador general, y presidente del Comité para la Investigación de la Desaparición Forzada de Personas. También se desempeñó como presidente interino en la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero

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Hace días en la comunidad de Ayahualtempa, municipio de José Joaquín de Herrera, Guerrero, se dio la presentación de una veintena de niños como nuevos integrantes de la policía comunitaria, con el rostro cubierto y portando armas de fuego las que incluso accionaron. De acuerdo con diversa información periodística, tal evento se motivó ante el incumplimiento de los acuerdos por parte de las autoridades tomados hace poco más de un año, relacionados con brindar seguridad, salud y educación a esa zona.

Tales hechos son a todas luces reprobables y vislumbro una irresponsabilidad compartida, tanto de los dirigentes de esa policía comunitaria al exponer a una inminente situación de violencia a las niñas, niños y adolescentes; irresponsabilidad que se extiende a las autoridades, ante actos de omisión en atender de fondo los problemas sociales, económicos, de inseguridad y de acceso a la justicia prevalecientes en esa región de la montaña baja de Guerrero.

Sin duda que se evidencia la violación a los derechos de la niñez, a la supervivencia, desarrollo, protección, salud, educación y recreación, así como al interés superior de la niñez, entre otros; con lo cual se afectan sus expectativas y su proyecto de vida al exponerlos a la violencia, y corren el riesgo de ser sometidos a abusos, incluso a perder la vida.

Todo esto al involucrarlos en acciones de autodefensa y lo inaceptable, que los armen para brindar el servicio de seguridad pública, que originalmente corresponde garantizar al Estado Mexicano, que en este rubro ha dejado mucho que desear; es así que se ha incumplido con lo previsto en los artículos 1º, 4°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, así como diversos instrumentos internacionales llámense Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración de los Derechos del Niño, las observaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, entre otros.

Instrumentos que en lo medular reconocen que en todas las decisiones que conciernan a las niñas y los niños, se considere de manera primordial el principio del interés superior de la niñez; quienes tienen derecho a cuidados y asistencia especiales, a que se adopten medidas de protección contra todo tipo de abuso y/o violencia; a desarrollarse física, mental, emocional y socialmente en condiciones de igualdad, así como a recibir servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos.

El referido Comité ha observado que los Estados deberán velar porque se respeten las normas del derecho humanitario y asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado; máxime como en este caso, evitar los riesgos a que están expuestos los niños indígenas y tomar el mayor número de medidas preventivas y garantizar su protección, como evitar su reclutamiento por grupos armados, pues las personas menores de edad deben ser sujetos de protección reforzada.

Las malas prácticas que atentan contra la seguridad, integridad y la dignidad humana de la niñez, no deben permitirse, por lo que un objetivo prioritario de los tres niveles de gobierno debe ser el realizar las acciones necesarias para la prevención de violaciones a los derechos humanos de las niñas y niños a la luz de los estándares nacionales e internacionales; y crear las condiciones que les permitan vivir con amor, seguros, libres de violencia, con acceso a la educación, a la salud y al bienestar integral y a la vez ejercer sus demás derechos.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en la que México participó y aportó propuestas como el plan de acción global, orientador del actuar de los países hacia la prosperidad y la dignidad humana, en sus objetivos 5 (Igualdad entre los géneros) y 16, meta específica 16.2, expresamente previenen lo siguiente: “16.2 Poner fin al maltrato (…) y todas las formas de violencia y tortura (…) contra los niños.” Por lo anterior, resulta apremiante hacer realidad esas aspiraciones.

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