La participación de las mujeres en la política en pleno siglo XXI

Dra. Alma Delia Eugenio Alcaraz es licenciada en Derecho por la UAGro, maestra en Derecho Constitucional y Electoral por la Universidad Americana de Acapulco y doctora en Ciencia Política por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado. Actualmente es magistrada del Tribunal Electoral del Estado y se ha desempeñado como consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), asesora en materia legislativa, entre otros cargos. También es conferencista en materia electoral, constitucional y de género.

________________________

Es innegable, que si bien en México la participación política de las mujeres ha crecido y se ha fortalecido en los últimos años, existen aún saldos pendientes, retos por cumplir y proyectos que consolidar.

Dentro de este crecimiento ocupan un lugar preponderante las reformas legales, mismas que iniciaron en el siglo XX y alcanzaron sus mayores resultados en el siglo XXI, reformas tales como la que introdujo acciones afirmativas en materia electoral, la que elevó a rango constitucional el principio de paridad en candidaturas de legisladores federales y locales, la de paridad en todo, estos es, integración paritaria en los tres poderes del Estado, en los tres niveles de Gobierno y en los órganos autónomos, así como la relativa a la prevención, atención y eliminación de la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Permítanme entonces, hacer un somero repaso en la historia para explicar por qué México se encuentra situado ya en el quinto lugar a nivel mundial con un mayor número de legisladoras y con avances, en otros ámbitos diversos al legislativo.

En México al igual que en otras Naciones, han sido clave las acciones afirmativas para incrementar la participación política de las mujeres. Así, la acción afirmativa más aplicada fueron las cuotas electorales.

En el ámbito federal, las acciones afirmativas en el sistema electoral mexicano han pasado por tres momentos: el primero en el año de 1993 en el que éstas tenían un carácter enunciativo, el segundo en 1996 cuando tuvieron un carácter indicativo y finalmente un tercer momento a partir del año 2002 cuando adquieren carácter obligatorio.

Posteriormente, la cuota de género da paso al principio de paridad de género con la reforma constitucional en materia político-electoral, aprobada en febrero de 2014, la que representa un parteaguas al consagrar la obligatoriedad de la paridad en candidaturas al Poder Legislativo tanto Federal como local.[2].

Bajo estas reglas, en el proceso electoral 2015 y 2018, los partidos registraron a mujeres en el 50 por ciento de sus candidaturas.

Así en el poder legislativo se incrementó la participación de las mujeres; donde, en el año 2018, las mujeres representaban el 48% de la Cámara de Diputadas y Diputados y el 49% en el Senado.

No obstante, los avances se reflejaban en las candidaturas y a diferencia de las Diputaciones y Senadurías, no se reflejaba en la integración de los órganos de representación popular en las Entidades Federativas, llámese Congresos Locales y Ayuntamientos y faltaban aún los Poderes Ejecutivo y Judicial.

Así, tratándose del Poder Ejecutivo Federal, la presidencia de la República nunca ha sido detentada por alguna mujer, aunque si se han postulado mujeres.

Por cuanto a las gubernaturas hasta antes del año 2021, si bien han sido ocupadas por mujeres, su participación ha sido mínima, en distintos momentos, ha habido Gobernadoras en Colima, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas, Sonora y Puebla, así como en cargo equivalente, la ahora Ciudad de México, haciendo la acotación que tratándose del Distrito Federal fue en el carácter de sustituta.

Tratándose del Poder Judicial, de los 11 ministros que en 2018 conformaban la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solamente el 18.18% eran mujeres. Mientras que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la participación de la mujer en términos porcentuales, era en 2019 del 28.57%, porcentaje que aún prevalece y en la Judicatura Federal existía el mismo porcentaje de participación femenina que en el TEPJF.

Por tanto, las legisladoras federales incidieron en la aprobación del Decreto en materia de Paridad entre Géneros,  que entró en vigencia el 7 de junio del 2019, así mediante la reforma a los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se garantiza que la mitad de los cargos de decisión política en los tres niveles de gobierno, en los tres poderes de la Unión y en los organismos autónomos.

Bajo el mandato de paridad en todo, se celebraron las elecciones federales y locales.

Los resultados: el 49.20% del Senado se encuentra integrado por mujeres: en las Diputaciones Federales se logró la integración paritaria: la distribución porcentual de Diputaciones locales es del 53.61% para mujeres, mientras que en las Presidencias Municipales es tan solo del 22.18% y en las Regidurías es del 51.36%.

En las gubernaturas, con la histórica resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determinó garantizar y maximizar el principio de paridad respecto de las candidaturas a las gubernaturas, se eligieron a siete mujeres, por tanto Baja California, Colima Tlaxcala; Chihuahua; Guerrero y Campeche son gobernados por mujeres; así como la Ciudad de México, cuya Jefa de Gobierno ya estaba en funciones, 8 mujeres de 32 gubernaturas.

En el caso, de la Suprema Corte de Justicia para el año 2020 la distribución porcentual subió a 27.27, y en el 2021 a 36,36%.

No cabe duda que se ha avanzado pero también que falta aún mucho por caminar para alcanzar la democracia paritaria y con ella, la igualdad sustantiva.

Persisten numerosos obstáculos para que la participación de las mujeres en el ámbito político sea plena y en condiciones de igualdad.

Necesitamos construir sociedades más justas, pacíficas e incluyentes, así como consolidar democracias sólidas, es fundamental, por tanto, llevar a cabo acciones que contribuyan a eliminar las brechas de género y fortalecer los derechos políticos así como los derechos humanos de las mujeres.

La participación paritaria de las mujeres en todos los espacios y niveles de toma de decisiones es indispensable para el logro del buen gobierno, la democracia incluyente, el fortalecimiento del estado de derecho, la consolidación de la paz, la aceleración de la economía, la construcción de sociedades más igualitarias y el desarrollo sostenible.


[1] Síntesis de la ponencia compartida en el III Congreso Internacional de Derechos Humanos y Derecho Electoral

[2]ONU MUJERES, Gobierno de la República de México y otros, Los Derechos Políticos de las Mujeres y cómo defenderlos, ONU MUJERES, México, 2014, p. 16.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.