Diputados rechazan reforma; víctimas de violación deben dar vista al MP para abortar

Carlos Navarrete Romero/ Chilpancingo, Gro.

El Congreso local aprobó por mayoría de votos el dictamen con el que rechaza reformar el Código Penal del estado, como se lo recomendó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), dependencia que planteó la necesidad de garantizar a las víctimas de una violación sexual acceso a un aborto sin la necesidad de interponer una denuncia, comprobar los hechos ni esperar la autorización del Ministerio Público.

En la sesión que celebró este jueves el Poder Legislativo, se dio segunda lectura al dictamen que presentaron las Comisiones Unidad de Justicia, Salud y para la Igualdad de Género, con el que niegan modificar el Código Penal pese a que la recomendación es producto de la segunda alerta por violencia de género decretada por el gobierno federal en junio de este año.

Actualmente el Código Penal, en su artículo 159, establece que el aborto no será castigado cuando el embarazo resulte de una violación, siempre y cuando se presente una denuncia ante el Ministerio Público, que a su vez deberá comprobar los hechos y emitir una autorización para la interrupción del embarazo.

El 13 de marzo, diputados del grupo parlamentario de Morena presentaron una iniciativa para reformar ese artículo, a fin de eliminar el requisito que establece la intervención obligatoria del Ministerio Público, y así homologarlo con la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046), iniciativa que fue turnada a comisiones.

Para el 10 de junio la Secretaría de Gobernación (Segob) decretó la segunda alerta por violencia de género para Guerrero por agravio comparado, por lo que la CONAVIM emitió una serie de recomendaciones a los tres poderes del estado, incluido el Legislativo, al que planteó la necesidad de reformar ese artículo del Código Penal.

La NOM-046 establece que para acceder a un aborto en estos casos sólo se requerirá una solicitud por escrito de la víctima, bajo protesta de decir verdad de que el embarazo es producto de una violación. En casos de niñas menores de 12 años, la solicitud la pueden realizar padres o tutores.

Los argumentos

Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, Omar Jalil Flores Majul, indicó que las Comisiones Unidas llegaron a la conclusión de declarar no procedente la propuesta de la CONAVIM debido a que esa instancia no tiene facultades ni atribuciones para realizar y presentar iniciativas.

Advirtió que si el Congreso aprueba esa propuesta se transgrediría la Constitución del Estado, “pues estas comisiones y sus integrantes juraron defender y cumplir la norma constitucional del estado, motivo por el cual la recomendación de derogar parte del párrafo del artículo penal no es procedente”.

Previo a la votación, el diputado de Morena, Arturo Martínez Núñez, promovente de la iniciativa de reforma al Código Penal, intervino para expresar que discutir en este momento el dictamen “no solo resulta extemporáneo, sino también un poco menos que inútil”.

Afirmó que el dictamen presentado por las Comisiones Unidas tergiversa el sentido del informe del Grupo de Trabajo que se conformó para atender la solicitud de alerta de género y advirtió que “de manera cuasi dolosa mal interpretan una recomendación y una sugerencia, pretendiéndola convertir en una iniciativa de reforma”.

Martínez Núñez aclaró que la CONAVIM no presentó en ningún momento una iniciativa de decreto para reformar el Código Penal, y sólo expuso que en la legislación local vigente existen disposiciones que limitan u obstaculizan el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.

“En ningún momento y de ninguna manera la Conavim está presentando una iniciativa de reforma. Propone que este Congreso estudie, revise y reforme el Código Penal; y sugiere, ojo, sugiere una redacción al respecto. ¿De dónde saca la Comisión Dictaminadora que la Conavim, ha iniciado un Decreto en este Congreso para reformar nuestro Código Penal? Este dictamen lo que denota, es un total desconocimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento”.

Señaló que la segunda declaratoria de alerta confirmó que en el Código Penal existe una condición de agravio comparado que viola los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, por lo que, consideró, aprobar en sus términos el dictamen expondría “vergonzosamente la falta de objetividad, profesionalismo, ausencia de rigor técnico y una total predisposición y prejuicio” en contra de los derechos humanos de las mujeres.

“Compañeras y compañeros Diputados, no nos enfrasquemos en una discusión inútil pretendiendo justificar una anacrónica posición personal por encima del interés general; la sociedad avanza inconmensurablemente volcada a la democracia, al cambio de régimen sobre la base de la desconstrucción del sistema patriarcal. Asumamos responsablemente el papel histórico que nos corresponde”.

Finalmente el dictamen fue aprobado con 25 votos a favor (PRI, PRD, PT, PAN y Morena), y sólo obtuvo tres en contra de los diputados Arturo Martínez, Marco Antonio Cabada Arias y Norma Otilia Hernández Martínez, de Morena.

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